Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº1637

Decreto Nº 1637

Nueve de Julio, 15/10/2024

CONTRATACION PARA TRABAJOS DE ELECTRICIDAD EN EL CENTRO DE DESARROLLO SOCIO-PRODUCTIVO SAN CAYETANO – EXCUSACION - AUTORIZACION. 

Visto

El expediente EX-2024-00023606- -MUNINUE-MESAE#SAH. 

Considerando

Que la Secretaria de Gobierno de esta Municipalidad se excusa por no contar con profesionales apropiados para las tareas requeridas por las obras descriptas en el Expediente referenciado en el Visto, por lo que es necesario recurrir a la contratación de la obra a terceros, para realizar trabajos de electricista en el centro de desarrollo socio-productivo San Cayetano, de la Ciudad de 9 de Julio, Pcia de Buenos Aires. Que en el orden 5 se agrega presupuesto de profesional proveedor de la Muncipalidad de 9 de Julio, que podrían realizar las tareas necesarias para los trabajos detallados precedentemente. Que de la consulta a la Subsecretaría de Contrataciones sobre el listado de proveedores que podría realizar la tarea arriba mencionada surge que el unico proveedor apto es el Sr. Ponce Arena Joaquin. Que evaluado ello por parte de la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Nueve de Julio se considera necesaria la contratación de Sr. Ponce Arena Joaquin, quien se encuentra inscripto como proveedora en el rubro - INST. ELECTRICA Y ELECTRONICAS 2 - ELECTRICO conforme surge de la ficha de proveedor agregada en elorden 2 del expediente digital mencionado en el Visto . Que habiéndose dado cumplimiento a los establecido en el Artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, la Sra. Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA

ARTICULO 1º: Excusase y declárese incompetente a la Secretaria de Gobierno de esta Municipalidad, en virtud de no contar con el profesional calificado para realizar trabajos de electricista en el centro de desarrollo socio-productivo San Cayetano, de la Ciudad de 9 de Julio, Pcia de Buenos Aires ARTICULO 2º: Autorízase para realizar la obra referenciada en el Artículo 1º del presente y la confección del correspondiente contrato, en el marco de lo prescripto en el Artículo 148 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la contratación del siguiente profesional: - Ponce Arena Joaquin (electricista) ARTICULO 3º: El gasto será imputado a Jurisdicción: 1110114000 Secretaría de Vivienda y Urbanismo, Programa: 31 file:///D|/livecycle/tmp/pdfg-CLDGDEMSLCC01-8_/a2/b1b2-58ffd9-da66e2-a7abc6-77da99-cae966/WebCapture.html[10/14/2024 12:59:49 PM] Edificios y Espacios Públicos, Proyecto: 54 Guardería y Aulas de Capacitación, Fuente de Financiamiento: 132, Recurso: 11.4.11.001, del presupuesto de Gastos vigente. ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto la Señora Secretaria de Gobierno. ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese