Boletines/General Viamonte
Decreto Nº 280
General Viamonte, 05/07/2018
Visto
El presente actuado por el que se tramita la Licitación Pública N°6/2018, para la ejecución de la obra “GRANJA HOGAR CARMEN SIMON COLIQUEO ETAPA 1 REFACCION SECTOR 4”; y
Considerando
Que por Decreto N° 193/2018 se dispuso convocar a Licitación Pública para ejecución de la obra de referencia, habiéndose llevado a cabo el Acto de Apertura de Propuesta el día 30/5/2018, de lo que se labró la respectiva acta.-
Que, conforme surge de la misma, se recepcionó una sola oferta, efectuada por Ingenierías y Construcciones I.K.A.U. S.A por $3.089.840,63 (pesos tres millones ochenta y nueve mil ochocientos cuarenta con sesenta y tres centavos).-
Que, se dio cumplimiento al principio de publicidad, y la Asesoría Letrada dictaminó que se han cumplido con las exigencias legales que rigen la Licitación Pública, y el Contador Municipal manifestó no tener objeciones que realizar.-
Que, con fecha 26/6/18, la Secretaría de Obras Púbicas se expide, concluyendo que la propuesta cumple con los requisitos técnicos requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones, y respecto a la oferta económica, manifestó que la misma se ajustaba a lo requerido a pesar de importar aumento de 19.91% respecto del presupuesto oficial, toda vez que el presupuesto oficial fue confeccionado en el mes de enero de 2018, y ajustado el mismo a mayo, según el índice de la construcción publicado por INDEC, el valor del presupuesto oficial aumentó en un 13.80 %, por lo cual descontando la variación objetiva de precios según INDEC, la oferta de IKAU solo importa un aumento respecto del presupuesto oficial del 6.10 %.
Que, manifiesta que a su juicio existen elementos de convicción que justifican plenamente la evidente conveniencia en adjudicar la obra al oferente, en los términos del art. 134 de la L.O.M.-
Que, como primer fundamento, expone la necesidad de comenzar a ejecutar rápidamente la obra, ya que los espacios a intervenir se encuentran en situación deplorable que perjudican el normal funcionamiento del establecimiento y la seguridad física de los adultos mayores, por lo cual la materialización de la obra impactará favorablemente en la calidad de vida de todos los asistentes y residentes de la Granja Hogar Carmen Simón Coliqueo.-
Que, como segundo fundamento, invoca que el llamado de una nueva licitación supondrá un mayor presupuesto oficial, que superará un aumento del 13.80% respecto del presupuesto oficial de la presente licitación, dado que dicho porcentaje solo contempla variación hasta el mes de mayo, por lo que habría que ajustarlo hasta el momento del nuevo llamado, como mínimo este mes de Julio.-
Que, según el art. 134 L.O.M, cuando licitada públicamente una obra se registrara una sola oferta, es atribución del Departamento Ejecutivo adjudicarla previa valoración de su conveniencia mediante resolución fundada, conveniencia que resulta evidente por los motivos expuestos supra y según lo informado por la Secretaria Públicas
Que sin perjuicio de que nada obsta para proceder a la adjudicación en términos del art. 134 L.O.M, a efectos de darle mayor transparencia al proceso licitatorio, entiendo conveniente adjudicar la presente Licitación, “ad referéndum” de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante,
Por ello;
El Intendente Municipal del Partido;
D E C R E T A :
Artículo N° 1°: Adjudicase “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante” a INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES CIVILES I.K.A.U SA, con domicilio constituido en calle Almafuerte N 396 de la ciudad de Los Todos, la Licitación Pública N° 6/2018, para la Obra “GRANJA HOGAR CARMEN SIMON COLIQUEO ETAPA 1 REFACCION SECTOR 4”; por $3.089.840,63 (pesos tres millones ochenta y nueve mil ochocientos cuarenta con sesenta y tres centavos.-
Artículo N° 2°: La erogación que demanda la Licitación Pública n° 6/2018, deberá imputarse a:
1110100000 Departamento Ejecutivo.
1110103000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
35.00.00 Obras de Infraestructura y Vivienda en General Viamonte.
35.52.00 Ampliación y Refacción en Granja Hogar Carmen Simón Coliqueo.
Artículo N° 3: Pasen lo presentes actuados al Honorable Concejo Deliberante a los efectos previsto en artículo 1.-
Artículo N° 4: Comuníquese a la Comisión de Seguimiento de Obras Públicas del Honorable Concejo Deliberante, dése al Registro Oficial Municipal de Decretos, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-