Boletines/Lobería

Ordenanza Nº2920-24

Ordenanza Nº 2920-24

Lobería, 27/09/2024

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 77 primer párrafo, 108 y 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración, el Expediente EX-2024-00013756-MUNILOB-SG, los Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal Nros. 492/24 y 630/24; y

CONSIDERANDO:

QUE, mediante Decreto N° 630/24 se adjudicó la Licitación Privada N° 09/24 llamada para la compra de ladrillos huecos destinados a la construcción de 32 viviendas en Lobería, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad con municipios”;

QUE, a través de la Oficina de Compras Municipal se efectuaron las tramitaciones pertinentes, presentándose una sola oferta válida correspondiente a la firma “JUAN H. MARCHAL Y CIA S.R.L”;

QUE, debido a la necesidad y urgencia de la compra, se adjudicó ad referéndum de ese Honorable Cuerpo, siendo necesaria su convalidación;

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, de acuerdo a las atribuciones que le son propias, aprueba la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1º CONVALIDASE la adjudicación a la Única Oferta presentada por la firma “JUAN H. MARCHAL Y CIA S.R.L” en la Licitación Privada Nº 09/24 adjudicada por Decreto Nº 630/24, para la compra de ladrillos huecos destinados a la construcción de 32 viviendas en Lobería, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad con municipios”.

ARTICULO 2º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanza, cumplido. ARCHIVESE.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS VEINTISEIS  DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.

ORDENANZA 2920- 24

 

ANEXO

 

Municipalidad de Loberia

2024

Decreto

Número: DECRE-2024-630-E-MUNILOB-INT

LOBERIA, BUENOS AIRES

Viernes 15 de Marzo de 2024

Referencia: 13756

 
   

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 107, 108, 155 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 181 a 189 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración del Honorable Tribunal de Cuentas, el Decreto Nº 492/24; y

CONSIDERANDO:

QUE, por Decreto Nº 492/24, se ordenó el llamado a Licitación Privada Nº 09/24 a los efectos de solicitar cotización para la compra de ladrillos huecos destinados a la construcción de 32 viviendas en Lobería, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad con municipios”;

QUE, el día de apertura del acto licitatorio se presentó un (01) oferente correspondiente a la firma JUAN H.  MARCHAL Y CÍA S.R.L.”;

QUE, del análisis efectuado por la Oficina de Compras Municipal surge que el precio ofrecido se adapta a los valores del mercado y es menor al estimado por el presupuesto oficial;

QUE, de acuerdo a lo establecido en el artículo 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta necesaria la autorización del Honorable Concejo Deliberante, a fin de proceder a la aceptación de la oferta referenciada;

QUE, en virtud de no sesionar ese Honorable Cuerpo en tiempo y forma para adjudicar la compulsa y atento a la necesidad y urgencia de adquirir el material en cuestión, deviene necesario concretar la compra ad referéndum del Departamento Deliberativo;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en uso de atribuciones que le confiere la legislación vigente, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1.- ADJUDICASE, Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la LICITACION PRIVADA Nº 09/24, ordenada por Decreto Nº 492/24, para comprar ladrillos huecos destinados a la construcción de 32 viviendas en Lobería, en el marco de la Operatoria “Programa Bonaerense II – Solidaridad con municipios”.

ARTICULO 2.- ENVIESE copia del presente en carácter de notificación.

ARTÍCULO 3.- El gasto que demande la ejecución del presente Concurso será imputado a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 67 Construcción de 32 viviendas en la Localidad de Lobería - 5.2.1.0. Elementos para construcción – 132 De origen provincial…” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Compras, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.