Boletines/Daireaux
Decreto Nº 1054/2024
Daireaux, 09/09/2024
SUBSIDIO - SFC
Visto
Lo actuado por el Expediente Administrativo Nro. 4022-15.796/24 y,
Considerando
Que por nota de fecha 03 de septiembre de 2024 obrante a Fs. 1, la entidad Salazar Fútbol Club, solicita un subsidio que les permita cancelar los gastos de arbitraje que se originan por la participación de las divisiones inferiores en la Liga Cultural y Deportiva de Tres Lomas;
Que si bien la Entidad solicitante cuentan con algunos recursos, éstos no resultan suficientes para cancelar la totalidad de la factura pendiente de pago, por eso solicitan Pesos ciento ochenta mil ($ 180.000.-) para cubrirlos;
Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 02 del Expte. Que las tres entidades han dado cumplimiento en la entrega de la documentación obligatoria para encontrarse al día en el mismo;
Que a su vez la Contaduría Municipal se expide en Fs. 03 de ambos expedientes certificando la existencia de fondos y que corresponde la atención del Gasto con fondos provenientes de la partida: Jurisdicción: 1110102000 Secretaria de Gobierno - Programa: 17.00.00 - 5.1.7.0. - Fuente de Financiamiento: 110;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada….”;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Dese lugar al pago del subsidio tramitado en actuaciones del Expediente Administrativo Nro. 4022-15.796/24, por la suma de pesos ciento ochenta mil ($ 180.000) a favor de la Entidad: “SALAZAR FUTBOL CLUB” - Entidad de Bien Público Nº 25/1981 - con destino al pago de gastos de arbitraje que se originan por la participación de las divisiones inferiores en la Liga Cultural y Deportiva de Tres Lomas.-------------------------------------------------
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2023 informada por la Contaduría Municipal: --------------------------
Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno y Seguridad –.-
Programa 17 Deportes, Turismo y Recreación.-
Partida: 5.1.7.0.
Fuente de Financiamiento: 110 de Origen Mpal.-
ARTICULO 3º. Las entidades beneficiarias deberán confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.--------------------------------------------------
ARTICULO 6º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-------------------------------------------------------