Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1757
Brandsen, 24/09/2024
Visto
Visto, el Expte. N°4015-35.774/24 iniciado por Casadei Ricardo Hugo, DNI Nº 5.326.871, por medio del cual solicita eximición de la tasa municipal correspondiente a la partida Nº26450 y,
Considerando
Que a fs. 15 se expide la Sub Direccion de Asuntos Legales:” Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones de referencia a fin de emitir opinión con relación a la solicitud de eximición de tasas municipales formulada por el Sr. Ricardo Hugo Casadei de las tasas correspondientes al inmueble Partida 26450 de su propiedad. Compartiendo la opinión de fs. 14 y teniendo presente la encuesta socio-económica de fs. 12, entiendo que no aplica a la situación en análisis la ord. 1307. Por lo tanto, no resultando aplicable la norma indicada en el párrafo anterior, corresponde analizar la petición a la luz del artículo 95 de la Ord. Fiscal, el cual dispone: “ARTICULO 95º.- Quedan eximidos del pago de los tributos municipales aquí regulados, los contribuyentes categorizados como “urbanos” y “rurales” (siempre que sus parcelas sean menores a catorce (14) hectáreas), que reúnan los siguientes requisitos y que realicen la petición de acuerdo a los mecanismos formales establecidos por esta Ordenanza o por vía reglamentaria:... c) Podrán otorgarse exenciones especiales, que comprendan desde un cincuenta por ciento (50%), hasta la totalidad del tributo, en aquellos casos en que la situación del contribuyente, entendiéndose como tales personas humanas, no obstante, no estar comprendido en el apartado anterior presenten características socio - económicas - sanitarias que hagan atendible su caso. Lo que deberá ser debidamente fundado, acreditado y aprobado por los mecanismos que establezca el Departamento Ejecutivo, dejándose constancia de ello en las actuaciones administrativas correspondientes. El bien afectado deberá ser inmueble urbano, única propiedad del peticionante como titular de dominio o heredero y estar destinado en forma exclusiva a vivienda de uso familiar;”Por lo expuesto y las constancias obrantes en las actuaciones y señaladas, de estar de acuerdo el D.E., podría dictar el acto administrativo que considere corresponda teniendo en cuenta la situación socio – económica del solicitante. SUB-DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, septiembre 23 de 2024. Luis Mariano Cowen. Sub-Director de Asuntos Legales Municipalidad de Brandsen”;
Que en consecuencia corresponde dictar el presente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Rechácese la solicitud de eximición de tasas municipales iniciada por Casadei Ricardo Hugo, DNI Nº 5.326.871, correspondiente a la partida Nº 26.450.-
ARTICULO 2°. - El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-