Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1701
Brandsen, 17/09/2024
Visto
Visto el Expte. N° 4015-35.314/24 iniciado por la Sociedad Española de Socorros Mutuos, y;
Considerando
Que solicitan a fs. 1 la eximición de las tasas municipales de las partidas N° 1085 – 2185 - 2291;
Que a fs. 3 se expide la Directora de Culto: “De acuerdo a lo solicitado en foja 2 sobre expediente 4015- 35314/24, dejamos constancia de que la Sociedad Española de Socorros Mutuos se encuentra inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público Nº 36 (Decreto 221 del 16/09/91). Dicha asociación cuenta con Personería Jurídica, Legajo Nº 115397. Fdo: Silvana Langellotti, Directora de Culto, Municipalidad de Brandsen, 18 de abril de 2024.”;
Que a fs. 4 se expidió el Dpto. de Ingresos Públicos indicando: “Llegan las presentes actuaciones iniciadas por La Sociedad Española de Socorros Mutuos, por el que solicita la eximición de tasas municipales para los inmuebles con pdas: 1085-2185 y 2291 Funda todo lo antedicho en la condición de Institución de Bien Público que reviste la entidad peticionante, reconocida por esta administración y brindado el beneficio según decreto 0221/91. Por todo lo expuesto este departamento considera que corresponde otorgarle el beneficio en un 100% y proceder al dictado del acto administrativo correspondiente para dichas partidas. Fdo: Daluisia María Noelia, Jefe de Dpto. de Descentralización Tributaria, Municipalidad de Brandsen, 22 de abril de 2024.”;
Que se expidió en ese orden el Subdirector de Asuntos Legales a fs. 5 indicando: “Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaria Legal y Técnica, a fin de emitir opinión respecto a la petición de eximición de tasas municipales promovidas por la Sociedad Española de Socorros Mutuos, con relación a los inmuebles identificados catastralmente: Circ. I, Manzana: 117, Parcela: 12, Partida: 013-1085; Circ.: I, Manzana: 117, Parcela: 4, Partida. 013-2185; Circ.: I, Manzana: 13, Parcela: 7, Partida: 013-2291 para el ejercicio 2024. A fin de evaluar lo solicitado, es dable considerar los alcances de la Ordenanza Fiscal 2024, que en su art.95 inc. d) establece que: "Las entidades que presten servicios gratuitos de tipo sanitario, asistencial, educacional, cultural o deportivo, y que demuestren que los recursos con que cuentan son insuficientes, proviniendo los mismos de la caridad, donaciones u otros que no provengan de actividades comerciales o profesionales rentadas, gozarán de una exención del ciento por ciento (100%) del tributo que les corresponda ingresar, por inmuebles donde se asienten o se encuentren afectados a su objeto". En las presentes actuaciones, ha quedado debidamente acreditado que al ser una institución que presta un servicio cultural. Y ya que, los recursos con los que cuentan son de una actividad no rentada, requiere el amparo del estado (en este caso Municipal). Por lo tanto, en su carácter de entidad, no encuentro objeciones a que se la exima de la totalidad de las tasas establecidas para el año en curso, previa aclaración de la Sociedad Española de Socorros Mutuos en relación al fin que se encuentran afectados dichos inmuebles y que tengan que ver con su objeto. Por lo expuesto, esta Asesoría Legal, entiende que puede el D.E hacer lugar a lo peticionado y emitir el acto administrativo pertinente. Por eso mismo, es que podría hacer uso de la facultad de eximir del pago de la tasa municipal para el ejercicio 2024. Fdo. Luis Mariano Cowen, Subdirector de Asuntos Legales, Municipalidad de Brandsen, 11 de septiembre de 2024”;
Que compartiendo la opinión legal vertida se dicta en consecuencia el presente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Exímase a la Sociedad Española de Socorros Mutuos, del pago de la tasa por servicios municipales, por el ejercicio 2024, correspondiente a las partidas N° 1085 – 2185 - 2291.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-