Boletines/Brandsen

Decreto Nº1670

Decreto Nº 1670

Brandsen, 13/09/2024

Visto

Visto el Convenio de Locación de Servicio suscripto con el Sr. Aboaff Petit De Murat Martin, y;

Considerando

Que dicho convenio suscripto está destinado a la contratación de un profesional capacitado en dictar el curso de Gestión Operativa y Financiera con Excel;

              

               Que en ese orden de ideas la contratación se formaliza en razón de carecer la comuna de personal competente para asumir las tareas mencionadas precedentemente;

 

    Que las tareas antedichas serán realizadas de la siguiente manera, la primera clase en forma presencial en el Salón de Cultura Municipal de Brandsen y las siguientes clases serán dictadas en forma virtual y por la plataforma que el docente designe;

             

                Que dicho convenio tendrá una vigencia de dos (2) meses comenzando a regir a partir del 13 de septiembre de 2024 operando su finalización el día 31 de octubre de 2024

Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que  deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”

 

                POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta 

ARTÍCULO 1º.- Regístrese el   Convenio   de   locación   de   Servicio   suscripto   con   el Sr. Aboaff Petit De Murat Martin, D.N.I: 93.258.574, para dictar el curso de Gestión Operativa y Financiera con Excel, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del referido contrato, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 7000 – Fuente de financiamiento: 132-110.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. –

 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese. -