Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1596
Brandsen, 06/09/2024
Visto
Visto el Convenio de Locación de Obra suscripto con Melgarejo Ana María De Jesús DNI N°: 92106595, y;
Considerando
Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional para dictar clases de costura en los talleres culturales Municipal;
Que es ese orden de ideas la contratación se formalizara en razón de carecer la comuna de personal de Dirección competente dentro de sus oficinas para asumir las tareas mencionadas precedentemente;
Que dicha contratación se establece por el termino de cuatro (4) meses, a partir del día 1 de septiembre de 2024, operando su finalización el 31 de diciembre del 2024, completando la cantidad de dieciocho (18) horas semanales durante el mes de septiembre, y la cantidad de 16 (dieciséis) horas semanales desde el mes de octubre a diciembre
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “… en la celebración de contratos profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, considero excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32° de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148° de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTICULO 1°. - Regístrese el Convenio de locación de obra suscripto con Melgarejo Ana María De Jesús DNI N°: 92106595, para realizar la siguiente obra: clases de costura en los Talleres Culturales Municipales, el que agregado como Anexo forma parte de la presente. -
ARTICULO 2°. - El gasto que demande el cumplimiento del referido contrato, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 7000 – Categoría Programática: 16.02.00 – Fuente de Financiamiento: 132.-
ARTICULO 3°. - El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno, Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo de la Comunidad. -
ARTICULO 4°. - Comuníquese a quien corresponda, dese al registro oficial y cumplido, archívese.