Boletines/Arrecifes
Decreto Nº 343/24
Arrecifes, 31/05/2024
Visto
La presentación efectuada mediante Expediente Municipal Nro. 223.987/24, de fecha 30 de abril de 2024, al que se acumularan los expedientes 223.990/24 y 223.991/24, todos presentados por el Sr. Alfredo H. BRUNELLO, Presidente del directorio “La Gauchita S.A.”, por la cual solicita la adjudicación de parcelas en el Sector Industrial Planificado de Arrecifes “Intendente Gerardo Angel Risso”, y;
Considerando
Que, la adquisición de parcelas se solicita a los fines de la instalación de la planta y centro de logística dedicada al tratamiento (lavado y acondicionado, pelletizado de polietileno y polipropileno) y la fabricación de elementos plásticos para productos de limpieza, bolsas de residuo, etc.
Que, asimismo la requirente solicita el permiso de utilización del espacio verde que se ubica entre las parcelas 6 y 7 en el plano respectivo, como dársena de descarga y vía de acceso de vehículos pesados.
Que, según el informe del Director de Producción, Empleo y control Sanitario, Ing. Alfredo Ariel MANZOTTI, la referida empresa ha presentado un proyecto de las instalaciones a realizar y de las actividades a desarrollar en el sector.
Que, el citado proyecto se ajusta a las exigencias del art. 5º de la Ordenanza Nro. 1897/06, y ha sido evaluado y aprobado por la Secretaría de Obras Públicas Privadas y Planeamiento de la Municipalidad de Arrecifes, a cargo del Arq. Rubén D. OROZCO.
Que,de acuerdo al informe del Director de Producción, Empleo y Control Sanitario, Ing. Alfredo Ariel MANZOTTI, resulta procedente la adjudicación de las parcelas pertinentes, asignándosele en consecuencia la denominada Catastralmente como: Circ.: II, Sec.: B, Chacra: 64, Frac.: I Parcelas: 7 y 8, según plano 010–0000022-2013 -Ordenanza 1620/02 Zona ZI (Zona Industrial)- Ley 11.459 Zona D (Zona Industrial Exclusiva); siendo en el caso las únicas vacantes.
Que, en relación a la utilización del espacio verde antes indicado, obra la conformidad expresa del consorcio del SIPA, exteriorizada en actuación notarial llevada a cabo mediante Escritura PúblicaNumero Ciento Veinte del día 23 de mayo de 2024, pasada por ante la escribana María Ángeles LEMBO adscripta al registro Nro. 8 del Partido de Arrecifes.
Que, según consta en la referida actuación notarial, por unanimidad, se decidió aprobar el préstamo de uso del espacio verde en cuestión a la empresa“La Gauchita S.A.” por un plazo de treinta (30) años.
Que, sin perjuicio de lo expresado en el considerando que antecede, el permiso de utilización otorgado importa la prohibición de elevar construcciones permanentes en el lugar, como así también de generar obstrucciones para el tránsito sobre el espacio en cuestión, el que hace las veces de vía de evacuación.
Que, a los fines de la adjudicación alaempresa solicitante del predio necesario para la instalación de su industria, en los términos del artículo 3º de la ordenanza antes citada, debe dictarse el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE ARRECIFES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Adjudíquese en los términos del artículo 3º de la Ordenanza Nro. 1.897/06, a“La Gauchita S.A.”, el predio denominado catastralmente como: Circ.: II, Sec.: B, Chacra: 64, Frac.: I Parcelas: 7 y 8, según plano 010–0000022-2013, comprendida en el Sector Industrial Planificado de Arrecifes “Intendente Gerardo Ángel Risso”; a los fines de la instalación de la planta y centro de logística dedicada al tratamiento (lavado y acondicionado, pelletizado de polietileno y polipropileno) y la fabricación de elementos plásticos para productos de limpieza, bolsas de residuo, etc.
ARTÍCULO 2º: La adjudicación referida en el artículo que antecede se efectúa en las condiciones, precio, formas de pago, exigencias para el adjudicatario,establecidas por la mencionada Ordenanza Nº 1.897/06 y Ordenanza 3.556/24.
ARTÍCULO 3º: El adjudicatario deberá acordar con la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Arrecifes la forma de pago del precio de la parcela que se le adjudica, teniendo en cuenta las disposiciones del art. 7º de la Ordenanza citada. Una vez acordado ello, se procederá a la suscripción del respectivo boleto de compraventa.
ARTÍCULO 4º: El adjudicatario deberá comenzar dentro de los treinta (30) días de la notificación del presente con las obras de instalación de la industria.
ARTÍCULO 5º:Concédase a “La Gauchita S.A.”,el préstamo para su utilización del espacio verde que se ubica entre las parcelas 6 y 7 en el plano respectivo, como dársena de descarga y vía de acceso de vehículos pesados, con la prohibición de elevar construcciones permanentes en el lugar, como así también de generar obstrucciones para el tránsito sobre el espacio en cuestión, el que hace las veces de vía de evacuación.
ARTÍCULO 6º:El préstamo al que refiere el artículo que antecede será por el plazo de Treinta (30) años.
ARTÍCULO 7º:Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
FIRMADO:
DR. JUAN FERNANDO BOUVIER - INTENDENTE MUNICIPAL
C.P. NÉSTOR R. CARDOSO - SECRETARIO DE PRODUCCIÓN AD-HONOREM