Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14183/2024
Quilmes, 18/10/2024
VISTO: el Expediente Nº 4091-1095-S-2021; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.183/2024 en la Sesión Ordinaria del día 8 de Octubre del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-1095-S-2021. Ref.: Autorizar la venta del Inmueble fiscal de la Municipalidad de Quilmes a favor de la adquiriente Lugo Alejandra Marina, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 1 obra solicitud de adquisición de Inmueble fiscal de parte de Lugo Alejandra Marina titular de Documento Nacional de Identidad Nº 30.651.363 y otros en la que solicita la regularización dominial del Inmueble en el que habita.
Que, dada la intervención de la Subdirección de Catastro se adjunta la valuación fiscal del Inmueble con fecha 19 de Junio de 2024 donde se informa que la valuación corresponde a $ 813.280 (pesos ochocientos trece mil doscientos ochenta).
Que a fojas 60 y 61 obra dictamen de la Subsecretaría Asesoría Letrada en el que no obran objeciones jurídicas al Proyecto de Ordenanza.
Que, la presente se enmarca en el Artículo 56° del Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias vigentes y la Ordenanza Nº 5397/85.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14183/2024
ARTICULO 1°: AUTORIZASE la venta del Inmueble fiscal, propiedad de la Municipalidad de Quilmes designado Catastralmente Circunscripción: VIII, Sección: L, Manzana: 95, Parcela: 18 a favor de la adquirente Lugo Alejandra Marina D.N.I. Nº 30.651.363, por el monto de$ 813.280 (pesos ochocientos trece mil doscientos ochenta), el cual será actualizado de acuerdo a la valuación fiscal de fecha vigente al momento de la suscripción del convenio de pago.
ARTICULO 2°: AUTORIZASE a la Intendenta Municipal en su carácter de titular del Departamento Ejecutivo a suscribir la escritura traslativa de dominio del inmueble referido en el Artículo 1º.
ARTICULO 3°: Se deja constancia que se deberá observar lo indicado en el Artículo 8° de la Ordenanza Nº 5397/85 para el caso de que la venta se realice en cuotas, considerando que las mismas no deberán superar el 10% del ingreso de la jefa o jefe de familia.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 8 de Octubre de 2024.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.183/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 8 de octubre de 2024.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO Nº 3298/2024