Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº14173/2024

Ordenanza Nº 14173/2024

Quilmes, 24/09/2024

VISTO: el Expediente Nº 4091-1989-G-2024; y

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.173/2024 en la Sesión Ordinaria del día 1O de Septiembre del 2024, cuyo texto expresa:

VISTO:

El Expediente Nº 4091-1989-G-2024. Ref.: Subsidio por fallecimiento y el Decreto-Ley Nº 6.769/58 y sus modificatorias vigentes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4437/2023, se dio la baja por fallecimiento al Agente Lezcano, Nancy Mariela (Legajo 29.546).

Que por Decreto 0850/2024 se convalidó el pago del subsidio por fallecimiento y de los haberes devengados hasta el día del fallecimiento del Agente mencionado precedentemente.

Que con el objeto de abonar el subsidio por fallecimiento y los haberes devengados que pudieran corresponderle, se tramita el Expediente referenciado en el Visto por Reconocimiento de Deuda.

Que en las presentes actuaciones, se encuentran cumplidos los requisitos del Artículo 54° de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros Reales para los Municipios Piloto.

Que la presente Ordenanza se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 24° y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6.769/58 y modificatorias vigentes.

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA Nº 14173/2024

ARTICULO : RECONÓCESE el legítimo abono y autorizase el pago a las personas e Instituciones que se detallan a continuación, por deudas correspondientes al Ejercicio 2023, que no fueran contabilizadas en su oportunidad:

Expediente Nº 4091-1989-G-2024

FERREYRA KEVIN ALEJANDRO                               $     1.141.030,44.-                         

GOLOBARDAS YOHANA NANCY                              $          22.594,67.-

GOLOBARDAS DARIO ALEXIS                                  $          22.594,67.-

IPS                                                                              $              8.134,08.-           

IOMA                                                                           $                3.253,63.-   

ARTICULO 2°: El exceso que asciende a la suma de pesos un millón ciento

···········"·•······· ochenta y seis mil dos cientos diecinueve con setenta y ocho centavos ($1.186.219,78.-) producido por la aplicación del Artículo 1° en la siguiente Partida de la Jurisdicción 111.01.32.000 Cat. Prog. 47.00.00 F.F. 110 Partidas 1.1.4.0. "Sueldo Anual Complementario" y 1.5.0.0 Asistencia Social al Personal, se compensará de acuerdo a lo establecido en los Artículos 31° y 67°  de Ley Orgánica de las Municipalidades, con la economía existente en la siguiente Partida 2.5.2.0 "Productos Farmacéuticos y Medicinales" en la Jurisdicción 111.01..32.000 Cat. Prog. 01.00.00 F.F. 110 en la suma de pesos un millón ciento ochenta y seis mil dos cientos diecinueve con setenta y ocho centavos ($ 1.186.219,78.-).

 

ARTICULO 3°: AUTORÍZASE a la Contaduría Municipal a imputar la deuda reconocida en el Artículo 1°, en la Jurisdicción 1, Departamento Ejecutivo, Subjuridicción 29, Secretaría de Hacienda, Categoría Programática 94, Deuda Flotante, Partida 7.6.4.0 del Presupuesto de Gastos en vigencia, registrando el importe con crédito a Acreedores Varios y débito a Resultado de Ejercicios Anteriores.

 

ARTICULO 4º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General  y ARCHIVESE.

QUILMES, 10 de Septiembre de 2024.

 

Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto;

                                        LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza 14.173/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 10 de septiembre de 2024.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-

Alejandro E. Gandulfo                                           Mayra S. Mendoza                                        

Jefe de Gabinete                                                     Intendenta                                                       

Municipalidad de Quilmes                                Municipalidad de Quilmes                           

 

Claudio H. Carbone

Secretario Legal y Técnico

Municipalidad de Quilmes

DECRETO 2974/2024