Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº361

Resolución Nº 361

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/09/2024

Visto las presentes actuaciones en virtud de las cuales se tramita el reconocimiento por parte de la Municipalidad del costo de la franquicia por el seguro contratado con la firma de Provincia Seguros S.A., ante el siniestro ocurrido con una motocicleta marca Honda 150 color negro y rojo, Dominio A055WSB, la cual se encontraba en el depósito municipal ubicado en calle Undiano 1165; y considerando:

Que a fs. 1 del expediente de referencia el Departamento Registro Patrimonial de este municipio remite la notificación de Provincia Seguros S.A., con el fin de que sea gestionado el pago de la suma de PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS ($21.300), en concepto de franquicia por el siniestro objeto de estos actuados.

Que a fs. 2 de estas actuaciones obra la carta documento N° 28816594 3 del Correo Argentino, de fecha 22 de mayo de 2024, remitida por Provincia Seguros S.A. la cual expresa: “Nos dirigimos a Uds. con relación al siniestro ocurrido en fecha 01/01/2024 denunciado el día 08/02/2024 número administrativo interno 11516 de cuyo contenido nos hemos impuesto debidamente.

Sobre el particular y con el fin de abonar al tercero (Tracal Francisco Nahuel), la suma de pesos $ 213.750 (Doscientos trece mil setecientos cincuenta) solicitamos la remisión de la suma de $ 21.300 (veintiún mil trescientos) a nombre de Provincia Seguros S.A., Sucursal N° 1000; Cuenta Corriente N° 53614/7 o CBU 0140000701100005361474, en concepto de franquicia a su cargo, de acuerdo a lo estipulado en Póliza 121.660 (10% stro).”

Que, a los efectos antes mencionados, de fojas 6 a 16 del presente expediente, la Subdirección de Control y Ordenamiento Urbano anexa la documentación referente al siniestro 1-7-11516.

Que, a fojas 18 surge dictamen de la abogada Pamela Pucci del cual se desprende: “...Se desconocen las circunstancias del siniestro, pero de lo expuesto por la Subdirectora de Control y Ordenamiento Urbano, surge que los hechos y circunstancias relacionadas con el siniestro han sido acompañados a la denuncia ante la Compañía Aseguradora.

De la copia de la Póliza, surge que se ha pactado un descubierto obligatorio del 10% de la indemnización y eventuales accesorios debidos a cargo del asegurado (Municipio), con un mínimo del 1% de la suma asegurada/sublímite y un máximo del 3% de la misma.-

Al no contar, esta dependencia con elementos suficientes para evaluar la posible responsabilidad municipal se debe considerar, de la notificación de la compañía aseguradora, que ha quedado demostrada la misma en el siniestro denunciado, debiendo en consecuencia proceder al cumplimiento de la cláusula contractual acordada con la aseguradora, haciendo efectivo el depósito de la suma declarada en los términos antes expuestos.

Sin perjuicio de lo expuesto se sugiere, si así la superioridad lo considera, iniciar la investigación presumarial correspondiente a los fines de deslindar responsabilidades.”

Que de acuerdo a lo expuesto, y tal como surge de lo informado por le Subsecretario de Movilidad Urbana y Transporte a fojas 20 del expediente de referencia, se ha dado curso a la investigación presumarial con el fin de deslindar responsabilidades, mediante expediente 345-8000-2024.

Por todo ello, y con el objetivo de proceder con el pago correspondiente a la aseguradora, contando además con la imputación realizada por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento de Contaduría General a fs. 20 del presente expediente, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1°) Autorizase al Departamento Contaduría General a abonar a Provincia Seguros S.A. la franquicia de PESOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS ($21.300) por el siniestro N° 1-7-11516, efectuándose el depósito de dicha suma en la Cuenta Corriente N° 53614/7 Sucursal N° 1000 del Banco de la Provincia de Buenos Aires o al CBU 0140000701100005361474, en un todo de acuerdo a los antecedentes obrantes en el presente expediente.

ARTICULO 2°) El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110103000, Cat. Prog. 01.01.00, Gasto 3.5.4.0., del presupuesto de gastos vigente.

ARTICULO 3°) Cúmplase, notifíquese por intermedio Registro Patrimonial, Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería, Subdirección de Control y Ordenamiento Urbano, dese al R.O. y ARCHIVESE.-