Boletines/General Lavalle
Resolución Nº 319
General Lavalle, 06/09/2024
Visto
La presentación efectuada mediante nota 1307 del 02 de Setiembre del 2024, solicitando la autorización para realizar una rifa a circular en el ámbito de este Partido.
Considerando
Que, los padres de los alumnos que egresan este año en la “Escuela de Educación Secundaria nro. 1 General Manuel Belgrano”, ha formado una Comisión de Padres Egresados 2024.
Que, por ello solicitan la autorización para la realización de rifa correspondiente.
Que, la Comisión de Padres Egresados año 2024 “Escuela de Educación Secundaria nro.1General Manuel Belgrano”.
Que, la comisión referida, tutela en este caso “intereses colectivos”. Dado el agrupamiento de los padres de los alumnos, en pos de un interés del grupo, no de un individuo.
En este caso, se trata de un interés que responde a un valor espiritual y cultural., por lo que no existe impedimento alguno para otorgar la autorización solicitada.
Que se debe dictar el correspondiente acto administrativo, que será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizase a la Comisión de Padres Egresados año 2024 “Escuela de Educación Secundaria nro. 1 General Manuel Belgrano” a realizar una rifa a circular en el ámbito de este Partido, que sorteará por medio de la Lotería Nacional Nocturna.-
ARTICULO 2º: La rifa constara de 10.000 boletas del 0000 al 9999.-
El valor de dicha rifa es de $1.000 (mil pesos) el sorteo serán por Lotería Nacional Nocturna, el día 27 de Noviembre del corriente año. –
Los sorteos son los siguientes:
1º Premio una orden de compra $1.500.000 (un millones quinientos mil pesos) en efectivo.-
2° Premio una orden de compra de $300.000 (trescientos mil pesos) en efectivo.-
3° Premio una orden de compra de $200.000 (doscientos mil pesos).-
ARTICUL0 3º: La Comisión organizadora deberá rendir cuenta de la entrega de los premios, identificando a los beneficiados con nombre y documento de los mismos.-
ARTICULO 4º: Previo a la circulación de la rifa las boletas deberán ser selladas en la Municipalidad.-
ARTICULO 5º: En caso de suspensión o postergación del sorteo se deberá notificar a este Municipio.-
ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por la Secretaria Legal y Técnica.-
ARTICULO 7º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, y dése al Registro Municipal.-
ISABEL DOLORES RAJOY NAHUEL ALFREDO GUARDIA
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA INTENDENTE MUNICIPAL
RESOLUCION MUNICIPAL Nº /2024.-