Boletines/Villarino

Decreto Nº1002

Decreto Nº 1002

Villarino, 30/09/2024

DECFC-2024-1002-MUNIVLLRN-INT

Visto

El expediente 215/2024 – Secretaria Interina de Desarrollo Social – Solicita la apertura del Registro de Postulantes para la Adquisición de Terrenos y/o Viviendas.-

Considerando

Que por Ordenanza N° 2267/2009, se creó el Banco Municipal de Tierras, a fin de generar un Registro actualizado
de Tierras Municipales.
Que mediante Decreto Reglamentario N° 759/2012 se dio operatividad a lo legislado por la referida Ordenanza,
instituyéndose el procedimiento por el cual se incorporaran inmuebles al erario municipal en el futuro.
Que el Decreto 1049/2023, creó el Registro de Postulantes para la adquisición de terrenos y/o viviendas del
Municipio de Villarino, a fin de que los vecinos del distrito logren acceder a tierras y/o inmuebles que se encuentren
bajo Dominio Municipal, en un mismo plano de igualdad de oportunidades.
Que el mentado Registro de Postulantes para la adquisición de terrenos y/o viviendas del Municipio de Villarino,
permaneció abierto desde el 17 de agosto de 2023 hasta el 31 de diciembre del año 2023 (prorrogado por Decreto
N° 1415/2023).-
Que el Decreto 1049/2023 designa a la Secretaría de Desarrollo Social como autoridad de aplicación del mismo, que
tendrá a cargo realizar la inscripción en el registro, así como supervisar por medio de sus equipos profesionales el
cumplimiento de los requisitos mencionados.
Que por Decreto 28/2024, se reglamentó los requisitos y los plazos a cumplir por todos los aspirantes para ser
incorporados al Programa de Postulantes para la Adquisición de Terrenos y al Programa Social de Postulantes a
Viviendas.
Que el Decreto N° 526/2024, se declaró abierta la Primera Etapa de selección de Postulantes para la Adquisición de
Terrenos de la localidad de Hilario Ascasubi.
Que por Ordenanza N° 4185/2024 se autorizó al Departamento Ejecutivo a afectar a la venta las parcelas destinadas
al sorteo de la Primer Etapa de Postulantes en esta localidad de Hilario Ascasubi.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES DECRETA:

ARTICULO 1°: Publicar el listado de los postulantes – ANEXO I -, según las categorías determinadas en el
artículo 1 del Decreto 28/2024.-
ARTICULO 2°: Habilitar por el término de 5 días el Registro Público de Oposiciones a los Postulantes a ser
beneficiados, para recibir impugnaciones de los vecinos que consideren que alguno de los postulantes incumplen
con los requisitos previstos en los Decretos 1040/2023; 1049/2023 y 28/2024.-
ARTICULO 3°: Publicar la apertura del Registro Público de Oposiciones por el término de 1 día en el Boletín
Oficial Municipal, diario de circulación local, en los medios radiales y demás difusiones digitales de la localidad de
Médanos.-
ARTICULO 4°: El plazo será operativo desde el día lunes 30 de septiembre al viernes 4 de octubre inclusive. La
oposición deberán ser presentada mediante nota firmada por el o los oponentes, indicando nombre y apellido;
D.N.I.; ocupación; domicilio y expresa mención de la impugnación, y en caso de poseer, acompañar
documentación respaldatoria de la oposición formulada, ante la oficina de Agencia Urbana, ubicada en Moreno
N°41, Médanos, en el horario de 8 a 13 hs.
ARTICULO 5°: Una vez presentada la oposición en el plazo estipulado en el artículo 4° del presente Decreto, la
Secretaria Legal y Técnica de este Municipio, resolverá sobre las mismas en un plazo de 5 días a contar desde el
cierre del Registro Público de Oposición.-
ARTICULO 6°: Finalizado el procedimiento de los artículos precedentes se confeccionara el Listado Definitivo de
Postulantes a ser Beneficiados de tierras Municipales y posteriormente se realizará el Sorteo Público.-
ARTICULO 7°: Comuníquese, Notifíquese, Archívese.-