Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1490/2024
Benito Juarez, 14/10/2024
Visto
lo actuado en el Expte. Letra “E” Nº 97/2024, en el cual obran nota y Proyecto de Decreto elevados por el Director Administrativo del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout”; y
Considerando
que el título IV, artículo 23, inciso y) del Convenio Colectivo de Trabajo hace referencia a la bonificación por autogestión;
QUE el Registro Nacional de Hospitales Públicos de Autogestión (HPA) ha sido derogado y reemplazado por normativas sucesorias;
QUE actualmente nuestro Hospital está inscripto en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES);
QUE el pago de la bonificación por autogestión está determinado por los artículos 1º, 2º, 3º 4º, 5º, 6º y 7º del Decreto Municipal N° 1421/04;
QUE a fs. 6 obra Acta que da cuenta de la reunión mantenida con integrantes del Circulo Medico y Consejo del Empleo, donde se acordó realizar modificaciones al mencionado Decreto;
QUE el Secretario de Gobierno dispone dictar acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.- Destínese un 6 % de lo efectivamente percibido de terceros pagadores por servicios brindados a beneficiarios de obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepaga, de seguros de accidentes, de medicina laboral u otras similares, para su distribución entre el personal activo al momento de su liquidación, pagadero como mínimo en 2 periodos anuales.
Artículo 2º.- Se establece, para el caso de los profesionales médicos, que no participaran de lo percibido por IOMA, ART, Prepagas, Pami, Obras sociales, y otros, por ser agentes que perciben honorarios, como así también el personal médico que realiza exclusivamente guardias activas.
Artículo 3°.- Los mecanismos de evaluación se llevarán a cabo apreciando exhaustivamente el desempeño de acuerdo a las características de los criterios que se enumeran, siendo realizados y firmados por el coordinador/jefe inmediato. Sera notificado el trabajador para su estudio personal y modificación en el desempeño de sus tareas con el objetivo de jerarquizarse y llegar al puntaje máximo.
15 pts |
No falto |
10 pts |
1 a 3 faltas |
5 pts |
4 a 6 faltas |
0 pts |
Más de 6 faltas |
15 pts |
Nunca llego tarde |
10 pts |
1 a 3 llegadas tarde |
5 pts |
4 a 6 llegadas tardes |
0 pts |
Más de 6 llegadas tarde |
Muy Bueno |
15/25 pts |
Bueno |
8/14 pts |
Escaso |
1/7 pts |
Malo |
0 pts |
Consideraciones a tener en cuenta para la evaluación:
15/25 pts |
Muy bueno en la complejidad |
8/14 pts |
Bueno en la complejidad |
1/7 pts |
Escaso en la complejidad |
0 pts |
Malo en la complejidad |
Consideraciones a tener en cuenta para la evaluación:
11/20 pts |
Muy bueno |
6/10 pts |
Bueno |
1/5 pts |
Escaso |
0 pts |
Malo |
Consideraciones a tener en cuenta para la evaluación:
Artículo 4°.- El personal que cobrara la bonificación estará formado por todos los administrativos, personal de servicio, enfermeras, Obstetras, Psicólogos, Kinesiólogos, Bioquímicos, Odontólogos, y Radiólogos.
Artículo 5°.- Si las Direcciones decidieran en su momento la modificación de los puntajes y o porcentajes se deberá llevar adelante a través del consejo del empleo.
Artículo 6°.- Los gastos serán imputados a la partida Premio Autogestión-1-1-01-03-05-02 en cada uno de sus respectivos programas, considerando el área en que se desempeñe el agente.
Artículo 7°.- A través del Consejo del Empleo se llevará adelante el procedimiento administrativo correspondiente para la incorporación de los artículos precedentes en el Convenio Colectivo de Trabajo.
Artículo 8º.- El pago de la bonificación se hará dos veces al año, en los meses de Abril y Octubre.
Artículo 9°.- Los precedentes artículos empezaran a regir a partir del pago de las bonificaciones del mes de Octubre del año 2024.
Artículo 10º.- Déjese sin efecto, a partir del dictado del presente Acto Administrativo, el Decreto Municipal Nº 1421/04.
Artículo 11º.- Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 12º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Ente Descentralizado, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1490.-