Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº403/2024

Resolución Nº 403/2024

Benito Juarez, 19/09/2024

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “E” Nº  72/2021, en el cual la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” (fs. 67) informa que el agente CORONEL BRIAN (L.P. 5418) no se ha presentado a su lugar de trabajo el día 24 de Agosto del corriente año, sin justificativo alguno;  y

Considerando

que se ha garantizado el derecho de defensa del agente (conf. Art. 24 de la Ley 14.656);

QUE conforme constancias de fs. 70, la Directora de Recursos Humanos del Ente manifiesta que el agente se ha ausentado injustificadamente en fecha 1 de Septiembre, habiendo presentado certificado médico por el plazo de siete días, el 2/9/2024; 

QUE el trabajador debe comunicar su inasistencia dentro de las dos primeras horas del día laboral que se ha de ausentar;

QUE los certificados a fin de justificar sus inasistencias han sido presentados de manera extemporánea, por lo que no corresponde tener por justificadas las inasistencias anteriores al día 2 de Septiembre;

QUE  el inc. a) del art. 81 del CCTM, dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal. y su art. 72 prescribe: “el trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”;

QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (...) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;

QUE  a fs. 71 el Director Administrativo del Ente solicita aplicar la sanción de un (1) día de suspensión al agente Coronel, más el descuento del día no trabajado;

QUE a fs. 72 y 73 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo proceder a la aplicación de la sanción propuesta, prevista en el artículo 83 inc. c) del C.C.T.M. por encuadrarse su conducta en el art. 84 inc. 3) del mencionado Convenio;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar  la sanción de UN DIA DE SUSPENSIÓN sin goce de haberes, al agente CORONEL BRIAN (L.P. 5418) de acuerdo a lo normado en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M, el cual autoriza a la sanción propuesta por negligencia en sus funciones, y a lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº  72/21.-

Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos del Ente Descentralizado a descontar al agente CORONEL BRIAN (L.P. 5418), el día de ausencia injustificada (24 de Agosto del corriente año), en virtud de lo actuado en el Expediente Letra “E” Nº  72/21.

Artículo  3º.-Por la Dirección de Recursos humanos del Ente, notifíquese.

Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Secretarías de Gobierno, de Salud y Auditoría, cumplido, archívese.

SECRETARIA DE SALUD

SRA. SOUTRELLE ANDREA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 403-