Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 386/2024
Benito Juarez, 06/09/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 210/2017, en el cual el Subdirector de Servicios Públicos de Barker (fs. 25 y 27) informa que el agente PEREZ PAUL JOAQUIN (L.P. 3483) quien ha incurrido en ausencias injustificadas a su lugar de trabajo; y
Considerando
según constancias de fs. 28 se ha garantizado el derecho a defensa (conforme lo estipula el artículo Nº 24 de la Ley 14.656);
QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.M.) en su inc. a), dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE el art. 53 del mencionado Convenio, establece: “La inasistencia se tendrá por injustificada cuando: a) El trabajo no diere aviso en el término indicado (…)”, “(…) dentro de las primeras dos (2) horas de la iniciación de su turno de trabajo” (art. 66);
QUE su artículo siguiente expresa: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la normativa vigente, en razón del deber de diligencia y colaboración (…)”;
QUE consecuentemente con ello, se puede concluir que su conducta se adecua a la falta prevista en el artículo 84 inc. 3 del C.C.T.M.: “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas”;
QUE a fojas 32 la Directora de Recursos Humanos solicita aplicar la sanción de Suspensión de cinco días, sin goce de haberes e informa que conjuntamente con los haberes de Julio y Agosto se le han descontado los días de ausencia injustificada;
QUE de fojas 33 y 34 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo la aplicación de la sanción solicitada, por considerarse procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. c) de dicho Convenio;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar sanción de SUSPENSION DE CINCO DIAS sin goce de haberes, al agente PEREZ PAUL JOAQUIN (L.P. 3483), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. c) del C.C.T.M y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 210/2017.
Artículo 2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Delegación Barker y Auditoría cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 386.-