Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 384/2024
Benito Juarez, 04/09/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 03/22 en el cual la Directora de Recursos Humanos del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” (fojas 17), informa que el agente PORCEL DE PERALTA ALBERICO RAFAEL (L.P. 3650) no se ha presentado a su lugar de trabajo el día 20 de Agosto del 2024; y
Considerando
que según constancias de fs. 19, se ha garantizado el derecho de defensa, reconociendo la agente en cuestión la conducta endilgada;
QUE el art. 53 del C.C.T.M., establece: “La inasistencia se tendrá por injustificada cuando: inc. a) El trabajador no diere aviso en el término indicado”;
QUE en su art. 81 del C.C.T.M., en su inc. a) dispone la obligación de: “Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE asimismo el art. 23 de dicho Convenio establece. “El trabajador tiene derecho a una retribución justa por sus servicios (…)”; y su art. 54 expresa: “La falta injustificada traerá aparejada la pérdida del derecho a retribuciones por el o los días que dure su ausencia, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que por igual motivo establece la norma vigente, en razón el deber de diligencia y colaboración (…)”;
QUE el art. 84 del mencionado Convenio expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones;
QUE el artículo referenciado autoriza la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. c) del CCTM con el correspondiente descuento de haberes por ausencia injustificada;
QUE a fojas 20 obra informe del Director Administrativo del Hospital Municipal “Eva Perón” Ente Descentralizado “Dr. Alfredo Saintout” donde solicita aplicar la sanción de un día de suspensión al agente Porcel de Peralta, más el descuento correspondiente por el día de ausencia injustificada (20/08/2024);
QUE a fojas 21 y 22 obra despacho de la Asesora Legal, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar SUSPENSION DE UN (1) DIA, sin goce de haberes al agente PORCEL DE PERALTA ALBERICO RAFAEL (L.P. 3650), de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 83 inc. c) del C.C.T.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 03/22.
Artículo 2º.-Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos del Ente a descontar de los haberes del agente PORCEL DE PERALTA ALBERICO RAFAEL (L.P. 3650), un (1) día de ausencia injustificada (20/08/2024), de acuerdo a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 03/22.
Artículo 3º.-Por la Dirección de Recursos Humanos del Ente, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaria de Salud.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos del Ente, Contaduría del Ente, Secretarías de Gobierno, de Seguridad y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIA DE SALUD
SRA. SOUTRELLE ANDREA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 384.-