Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 380/2024
Benito Juarez, 04/09/2024
Visto
lo actuado en Expte. Letra “R” Nº 31/2024, en el cual a fs. 2, 3 y 5 el Director de Promoción Industrial y el Director General de la Agencia de Desarrollo Local, informan acerca de las reiteradas faltas injustificadas del agente BORCHI JONATHAN (L.P. 3836) a su lugar de trabajo en el Vivero Municipal del Parque Taglioretti; y
Considerando
que según constancias de fs. 7 se ha garantizado el derecho a defensa (conf. artículo 24 de la Ley 14.656);
QUE el art. 81 del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.M.), referente a las obligaciones del trabajador dispone en su inc. a): “Prestar los servicios en forma regular y continua (…), con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal”;
QUE si bien a fs. 8 luce copia del certificado médico presentado por el agente en forma extemporánea, incumpliendo las disposiciones establecidas (arts. 66, 67, 68 y 70 del C.C.T.M.);
QUE el art. 84 inc. 3) del C.C.T.M. expresa: “Son causas para aplicar las sanciones disciplinarias (…) inc. 3) Negligencia en el cumplimiento de sus tareas o funciones”;
QUE la potestad disciplinaria tiene por objeto preservar la buena marcha de la Administración y el cumplimiento por parte de sus agentes, de los deberes y obligaciones que el ordenamiento jurídico les impone;
QUE a fojas 10 obra nota de la Directora de Recursos Humanos solicitando aplicar la sanción de LLAMADO DE ATENCION al agente mencionado y descontar de sus haberes del mes de Septiembre las faltas injustificadas de los días 12, 13, 14, 15, y 16 de Agosto 2024, informando que la falta injustificada del 05/02/2024 han sido descontada conjuntamente con los haberes del mes de Febrero 2024;
QUE se encuentra debidamente acreditado que la conducta del agente se adecúa en el tipo infraccional del art. 84 inc. 3) del C.C.T.M. y por ello es procedente la aplicación de la sanción propuesta prevista en el art. 83 inc. a) de dicho Convenio;
QUE a fojas 11 y 12 obra informe de la Asesora Legal de la Comuna, sugiriendo el dictado del pertinente acto administrativo;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE:
Artículo 1º.-Aplicar un LLAMADO DE ATENCIÓN al agente BORCHI JONATHAN (L.P. 3836) de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 83 inc. a) del C.C.T.M. y a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 31/2024.
Artículo 2º.-Autorícese a la Dirección General de Recursos Humanos a descontar al agente BORCHI JONATHAN (L.P. 3836), cinco (5) días de ausencia injustificada (12, 13, 14, 15, y 16 de Agosto 2024), en virtud de lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 31/2024.
Artículo 3º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Jefe de Gabinete a cargo de la Secretaría de Hacienda.
Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Agencia de Desarrollo Local y Auditoria, cumplido, archívese.
JEFE DE GABINETE
A/C DE SECRETARIA DE HACIENDA
SR. JORGE O. ISMAEL
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 380.-