Boletines/General Paz
Decreto Nº 249/2024
Publicado en versión extractada
General Paz, 07/03/2024
ARTÍCULO 1º. Acogerse, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7º de la Ley N° 15.480 y en la Resolución N° 65/24 del Ministerio de Economía de la Provincia, a la reprogramación de las deudas municipales al 1° de diciembre de 2023, generadas en el marco de:
ARTÍCULO 2º. Establecer que la reprogramación mencionada en el artículo precedente, se ajustará a las siguientes condiciones financieras:
1) PLAZO DE GRACIA: hasta el 31 de diciembre de 2024.
2) PLAZO DE DEVOLUCIÒN, VALOR Y PERIODICIDAD DE LAS CUOTAS: de 12 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.
3) MEDIO DE PAGO Y GARANTIA: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.
ARTÍCULO 3º. Afectar, en favor de la provincia de Buenos Aires, los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo reemplace, como medio de pago y garantía de la deuda reprogramada por el presente decreto. --
ARTÍCULO 4º. Disponer para los ejercicios fiscales futuros en sus respectivos presupuestos las partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales generadas en el marco de las normas detalladas en el artículo 1° del presente. ---------------------------
ARTÍCULO 5º. Gírese el presente, comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires y dese la intervención que corresponda a los organismos y/o las reparticiones provinciales y/o nacionales conforme lo establecido en la legislación vigente. --