Boletines/General Villegas

Decreto Nº308/24

Decreto Nº 308/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 22/02/2024

VISTO:

El Expediente Nº 509/24, iniciado por la firma Mas Ferreterías S.A., solicitando la exclusión del gravamen especial fijado por la Ordenanza Nº 4683 (ZEN), correspondiente al contribuyente Nº 2105; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3, el Departamento Catastro indica que el inmueble se encuentra individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 72, Parcela 4b y que cuenta con plano de obra aprobado mediante Expediente Nº “M” 11357/22 Alcance 1.

Que el Departamento Centro de Cómputos a fojas 6, solicita se constate in situ la edificación declarada.

Que la Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial a fojas 9, adjunta imágenes y no formula objeciones al cambio de situación del inmueble, por encontrase encuadrado en el Decreto Nº 1236/09.

Que a fojas 14, la Dirección de Rentas informa que el inmueble se encuentra a nombre de Mas Ferreterías S.A., desde el 10 de enero de 2022 y que el plano fue abonado con fecha 5 de mayo de 2023, mediante comprobante Nº 00-87146-1.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 16 y 17, sugiriendo hacer lugar a lo requerido con respecto a la exclusión del inmueble de la Zona de Edificación Necesaria (ZEN), por cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4683 y el Decreto reglamentario Nº 1236/09, a partir del día 12 de enero de 2024, fecha de presentación de la solicitud.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Encuádrese al inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 72, Parcela 4b, inscripto a nombre de MAS FERRETERÍAS S.A., en la categoría “edificado” a partir del día 12 de enero de 2024, conforme surge de las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 509/24.

ARTÍCULO SEGUNDO: Exceptúase al inmueble detallado en el artículo primero del pago del gravamen especial previsto por Ordenanza 4683, por las razones expuestas ut supra.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, Dirección de Rentas, Departamento Catastro, Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial, Departamento Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.