Boletines/General Villegas

Decreto Nº297/24

Decreto Nº 297/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 20/02/2024

VISTO:

El Expediente Nº 1589/24, iniciado por la Comisión Directiva del Club Eclipse Villegas, solicitando la eximición del pago de las Tasas Municipales; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 interviene la Secretaria de Planificación y Desarrollo Territorial informando los datos catastrales de los inmuebles que se registran a nombre del Club Eclipse Villegas:

  • Circunscripción I, Sección A, Manzana 37, Parcela 2a, ubicado en Moreno N° 632, Contribuyente N° 1119
  • Circunscripción I, Sección A, Manzana 37, Parcela 18, ubicado en calle Gral Arenales N°461, Contribuyente 1143

Que a fojas 4 a 9, el Departamento de Rentas informando que los inmuebles origen de actuados registran deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, asimismo ha sido exento por este mismo concepto mediante Decreto N°1707/23.

Que a fojas 11 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiriendo eximir de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil” por el ejercicio 2024 a los contribuyentes Nº 1119 y 1143, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 71, inciso “e” de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que el Artículo 71 dispone “quedan eximidos de la Tasa de ABL los contribuyentes: inciso e) las instituciones que realicen las actividades sociales, educativas, culturales y deportivas, las asociaciones mutualistas que cuenten con personería jurídica”

Que el Artículo 40° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, dispone que “se podrá establecer un régimen de exenciones parciales o totales de tributos municipales, las que serán de carácter general y tendrán vigencia por el ejercicio correspondiente al de la fecha en que se dicte la medida

Que atento a las facultades conferidas por Ordenanza Fiscal vigente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Exímase al Club Eclipse Villegas por el ejercicio 2024 correspondiente a la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” conforme el siguiente detalle:

-Circunscripción I, Sección A, Manzana 37, Parcela 2a, Contribuyente 1119.

-Circunscripción I, Sección A, Manzana 37, Parcela 18, Contribuyente 1143.

en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Artículo 71° inciso “e” del Título VIII de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamentos Catastro, Tesorería, Procesamiento de la Recaudación y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.