Boletines/General Villegas

Decreto Nº288/24

Decreto Nº 288/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 19/02/2024

VISTO:

El Expediente Nº 819/24 iniciado por la Comisión Directiva del Club Atlético y Social Cañada Seca, a fin de solicitar la eximición de la patente del colectivo marca Mercedes Benz, dominio IAD 222, acompañando la documentación pertinente; y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 3 a 6 se adjunta copia del acta de designación de cargos, constancia de inscripción en AFIP y título automotor correspondiente al dominio IAD-222.

Que la oficina de Rentas interviene a fojas 9, solicitando se considere la eximición por el ejercicio 2024 en adelante del dominio aludido en concepto de “Impuesto a los Automotores” de acuerdo a la normativa vigente en Arba.

Que el Artículo 243 inciso b) Capítulo II, Título III del Código Fiscal Ley 10397 Texto Ordenado vigente establece que están exentos de este impuesto “…b) los vehículos de su propiedad y uso exclusivo necesario para el desarrollo de sus actividades propias, los cuerpos de bomberos voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente…”.

Que el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 3948 instituye que aquellos contribuyentes que se encuadren dentro de lo establecido en el Capítulo II, Título III, Libro Segundo del Código Fiscal de la Provincia, deberán solicitar y tramitar el beneficio de exención anual ante el Municipio, en la forma que establezca el Departamento Ejecutivo.

Que a fojas 11, la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere otorgar la exención del “Impuesto a los Automotores” correspondiente al año en curso, al dominio IAD - 222 inscripto a nombre del Club Atlético y Social Cañada Seca.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Exímase del pago del “Impuesto a los Automotores”, al vehículo dominio IAD 222, inscripto a nombre del Club Atlético y Social Cañada Seca, correspondiente al ejercicio 2024, por las razones expuestas ut supra.

ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase a las oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Dirección de Asuntos Jurídicos, Tesorería, Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.