Boletines/General Villegas

Decreto Nº256/24

Decreto Nº 256/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 07/02/2024

VISTO:

El Expediente N° 1489/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Emilio V. Bunge, destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud, pago de alimentos, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos cincuenta y dos mil doscientos ($ 52.200), para su evaluación; y

CONSIDERANDO:

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 7 de febrero de 2024.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos cincuenta y dos mil doscientos ($ 52.200), destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud, pago de alimentos, servicios básicos y alquiler en la localidad de Emilio V. Bunge, conforme el siguiente detalle:

Nombre y apellido

DNI

Importe

Albarello, Beatriz Celeste

36.672.216

$    5.000

Alonso, María Cristina Fabiana

27.883.351

$    4.000

Del Arco, Rubén Armando

16.584.709

$  10.000

Delgado, Antonela

35.102.453

$     3.500

Ledesma, Viviana Ángela

22.662.111

$    2.000

Martínez, Deolinda Hebe

36.381.573

$   7.000

Martínez, María Susana

33.189.324

$    3.000

Mattio, Sandra Marina

24.702.638

$    1.500

Oviedo, María Noemi

17.643.422

$    2.200

Palacios, Claudia Adriana

17.175.024

$    2.000

Piovani, Rosa Cristina

20.741.279

$    2.500

Nini, Silvia Patricia

23.813.371

$    5.000

Varisco, Mónica Graciela

17.884.564

$    1.500

Vergara, María Lorena

27.256.833

$    3.000

 

Total

$  52.200

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaria de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5- Transferencias

Partida Principal:

1- Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente.

Partida Subparcial:

04- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

64 – Dirección de los Pueblos

Actividad Prog:

06 – Acción Social Directa Pueblos

Importe:

$ 52.200.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.