Boletines/General Villegas

Decreto Nº255/24

Decreto Nº 255/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 07/02/2024

 VISTO:

El Expediente N° 1490/24, iniciado por el Secretario de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Piedritas, destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud, alimentos, alquiler y servicios básicos, por un monto de Pesos treinta y nueve mil quinientos ($39.500), para su evaluación; y

CONSIDERANDO:

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene con fecha 7 de febrero de 2024.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos treinta y nueve mil quinientos ($39.500), destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud, alimentos, alquiler y servicios básicos en la localidad de Piedritas, conforme el siguiente detalle:

Apellido Y Nombre

D.N.I.

Importe

Almeira, Silvia Vanesa

29.100.252

$  2.500

Arce, Zulma Esther

13.342.014

$  4.500

Busto, Rosa María

38.429.044

$  1.000

Busto, Elena Esther

16.118.828

$  2.000

Coronel, Mirta Luján

10.950.834

$  1.500

Gualdessi, María Cristina

12.133.747

$  1.500

Martínez, Mirta Susana

20.741.393

$  4.000

Miranda, Alberto

12.371.062

$  2.000

Ortiz, Carina Isabel

27.462.405

$  3.000

Patterer, Juan José

17.585.042

$  3.000

Patterer, Carlos Alberto

20.063.288

$  2.000

Román, Benilde Delia

12.039.096

$  2.000

Román, Zuleyha Jazmin

35.237.955

$  2.500

Tapia, Sandra Daniela

18.195.453

$  3.000

Vidal, Ivana Carina

31.042.572

$  5.000

 

TOTAL:

$ 39.500

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5 – Transferencias

Partida Principal:

1 - Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

64 – Dirección de los Pueblos

Actividad Prog:

06 – Acción Social Directa Pueblos

Importe:

$ 39.500.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo de Social; cúmplase y archívese.