Boletines/General Villegas

Decreto Nº180/24

Decreto Nº 180/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 30/01/2024

VISTO:

El Expediente Nº 21/22, mediante el cual se tramitó la Licitación Pública Nº 1/22 destinada a la “Ampliación de la Red Cloacal Barrio el Progreso Norte General Villegas” aprobado por Decreto N° 33/22; y

CONSIDERANDO:

Que la Secretaria de Planificación y Desarrollo Territorial manifiesta que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción provisoria y definitiva de los trabajos pertenecientes a la licitación mencionada, con fecha 12 de diciembre de 2022 y 22 de enero de 2024 y que debería procederse a la devolución de las pólizas de seguro de caución aportadas por la firma Chimen Aike S.A

Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Pública Nº 1/22 destinada a la “Ampliación de la Red Cloacal Barrio el Progreso Norte General Villegas” según Acta del día 12 de diciembre de 2022, firmada entre el Secretario de Planificación y Desarrollo Territorial en representación de la Municipalidad de General Villegas y señor Ing. Raúl Constantino, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 21/22.

ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Pública Nº 1/22 destinada a la “Ampliación de la Red Cloacal Barrio el Progreso Norte General Villegas” según Acta del día 22 de enero de 2024, firmada entre la Secretaria de Planificación y Desarrollo Territorial en representación de la Municipalidad de General Villegas y señor Ing. Raúl Constantino, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 21/22.

ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a la firma Chimen Aike S.A, las garantías aportadas de conformidad a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:  

  • Póliza de Seguro de Caución Nº 17.831 (Premiar Compañía Argentina de Seguros S.A) en garantía de ejecución de contrato, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos treinta y tres con 50/100 ($ 1.495.533,50.-)
  • Póliza de Seguro de Caución Nº 17.832 en garantía de anticipo financiero en contrato de obra (Premiar Compañía Argentina de Seguros S.A), por la suma de Pesos cinco millones novecientos ochenta y dos mil ciento treinta y cuatro ($ 5.982.134.-)
  • Póliza de Seguro de Caución Nº 17.833 (Premiar Compañía Argentina de Seguros S.A) en garantía de sustitución de fondo de reparo, por la suma de Pesos un millón cuatrocientos noventa y cinco mil quinientos treinta y tres con 50/100 ($ 1.495.533,50.-)

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Presupuesto, Hacienda y Finanzas y de Planificación y Desarrollo Territorial, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.