Boletines/General Villegas

Resolución Nº392/24

Resolución Nº 392/24

Publicado en versión extractada

General Villegas, 18/06/2024

VISTO:

El Expediente Nº 11740/21, iniciado por el señor José Luis Cambours, donde se tramita la Habilitación Municipal de un comercio en la localidad de Emilio V. Bunge, dedicado a la explotación del rubro “Carnicería-Almacén de Comestibles, Despensa”, desde el 1 de noviembre de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que se labraron las Actas de Inspección Nº 10151 y Censo de Comercio e Industria Nº 12226, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (folios 11 y 12).

Que a fojas 14 y 15, interviene el área de Bromatología.

Que la Oficina de Catastro, actúa a Fs. 17, suministrando los datos del inmueble.

Que por Expediente Nº 11740/21 Alcance 1, agregado a fojas 20, el titular solicitó el cese de la actividad comercial, con fecha 29 de febrero de 2024, acompañando la constancia de pago de Derecho de Oficina con fecha 19 de marzo de 2024; cumplimentando así, con la legislación vigente.

Que a fojas 22, se agrega Acta Nº 12258, constatando que el comercio dejó de funcionar como tal, con fecha 27 de marzo de 2024.

Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las Tasas Municipales, devengadas durante el período en el que desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.

Que a fojas 26 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la Habilitación al solo efecto de percibir las tasas municipales, del comercio dedicado a la explotación del rubro “CARNICERÍA- ALMACÉN DE COMESTIBLES, DESPENSA”, denominación comercial “LA TABLITA”, del señor JOSE LUIS CAMBOURS, DNI Nº 27.461.371, Codificador de Rentas Nº 62100-01,62100-06, Usuario 1713 – Asociado 1578 – T1G, declarando no poseer empleados en relación de dependencia, con domicilio comercial en calle Emilio V. Bunge N° 464 de la localidad de E. V Bunge, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 28, Parcela 7, desde el 1 de noviembre de 2021, conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 11740/21.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del 29 de febrero de 2024, por quedar acreditado en forma fehaciente que desarrolló la actividad comercial, atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 11740/21.

ARTICULO TERCERO: La Dirección de Rentas deberá determinar la deuda; y posteriormente, la Dirección de Asuntos Jurídicos intimará al recurrente, para que realice el pago de las tasas devengadas durante el período mencionado precedentemente, como así también, abone toda tasa que con motivo del mismo debiera obrar, sin incluir multas o recargos, atento a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382.

ARTÍCULO CUARTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, Dirección de Comercio, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.