Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6597/24

Ordenanza Nº 6597/24

General Villegas, 12/09/2024

VISTO:

El Expediente N° 2330/24, iniciado por la señora Patricia Karina Rossi, informando la cesión de derechos correspondiente a un inmueble ubicado en calle Manuel Dorrego Nº 30 de la ciudad de General Villegas, a favor de la señora Maribel Itati Angulo Álvarez; y

CONSIDERANDO:

Qué el Departamento Catastro individualiza catastralmente al inmueble como Circunscripción II- Sección B- Chacra 171- Manzana 171AS- Parcela 2, registrando como titular a la Municipalidad de General Villegas y como adjudicataria mediante Ordenanza Nº 5990, a la señora Patricia Karina Rossi.

Que la Dirección de Rentas con fecha 31 de julio de 2024, informa que no registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil” y “Venta de Terrenos”.

Que la Secretaría de Desarrollo Social, eleva el informe socio-económico, donde se desprende que la Sra. Maribel Itati Angulo Álvarez, convive allí con su hijo menor de edad y que la vivienda se encuentra en excelente estado de habitabilidad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide de fojas 18 a 20, sugiriendo elevar el presente expediente al Departamento Deliberativo, para desadjudicar el bien a la señora Patricia Rossi y adjudicar el mismo a la señora Maribel Itati Angulo Álvarez.

                              

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Desadjudícase a la señora PATRICIA KARINA ROSSI, D.N.I. Nº 25.582.963, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II- Sección B- Chacra 171- Manzana 171AS- Parcela 2.

ARTÍCULO 2º: Adjudíquese a la señora MARIBEL ITATI ALVAREZ ANGULO, D.N.I. Nº 39.566.293, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 171, Manzana 171AS, Parcela 2.

ARTÍCULO 3º: Declárase el Interés Social de la presente cesión.

ARTÍCULO 4º: Si la titular pretendiere modificar la titularidad del inmueble deberán comunicarlo previamente a la Municipalidad de General Villegas, a fin de que ésta tome la intervención correspondiente

ARTÍCULO 5º: A partir de la promulgación de la presente ordenanza, el beneficiario deberá hacerse cargo del pago de tasas e impuestos que se generen.

ARTÍCULO 6º: En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones dispuesta en la presente ordenanza, será facultad del Departamento Ejecutivo proceder a la desadjudicación por solo informe de la oficina competente.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.