Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 7230/24
Moreno, 12/09/2024
VISTO los Exptes. H.C.D. N° 35.945/2024 y 35.918/2024, mediante el cual solicitan adhesión a la Ley Nacional N° 27.155 sobre Ejercicio Profesional de Guardavidas; y
CONSIDERANDO la mencionada Ley tiene por objeto regular la actividad de los servicios de Guardavidas, en todo el territorio Nacional.
QUE el 10 de junio de 2015, el Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionaron con fuerza de Ley, la reglamentación del Ejercicio Profesional de Guardavidas. Y luego de unos 6 años de ardua labor, el 21 de abril del corriente se consiguió la publicación en el boletín oficial del Decreto N° 260/2021 el cual establece, entre otras cosas, pautas para el ejercicio de la profesión de guardavidas y la prevención de los siniestros en los ambientes acuáticos en el territorio nacional.
QUE esta Ley, manifiesta desde el Estado, la intención de resguardar la vida de los ciudadanos, proporcionándoles, a quienes cumplen la importante tarea de velar por nuestra seguridad en aquellos espacios de esparcimiento, recreación, deportes o descanso, un marco legal para garantizar el correcto desempeño de su tarea.
QUE expone aquellos requisitos básicos que la persona debe cumplir para poder desarrollar el rol de Guardavidas, mientras que define los Derechos y Obligaciones contraídos en el ejercicio de la tarea. A su vez se avanza en reconocer a la profesión como una Tarea de Riesgo, para lo que posteriormente plantea pautas de Capacitación, Formación y Habilitación.
QUE en la misma se crea el Registro Nacional de Guardavidas, que funcionará como contralor para el cumplimiento eficaz de estos Derechos y Obligaciones adquiridas, así también como la correcta habilitación del trabajador. De esta entidad dependerá la emisión de la Libreta de Guardavidas.
QUE se pretende jerarquizar tan digna profesión.
QUE de esta forma se puede garantizar la seguridad en todo lugar donde se practiquen actividades acuáticas, en todo el territorio Nacional.
QUE se pretende posibilitar un eficiente dispositivo de seguridad para con las vidas humanas.
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Adhiérase el Municipio de Moreno a la Ley N° 27.155 sobre Ejercicio Profesional de Guardavidas, en todo el territorio Nacional.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 12 de Septiembre de 2024.
DRA GIMENA ANGUIOZAR EMMANUEL FERNANDEZ
Secretaria Legislativa Presidente
Comunicado al D.E el día 20/09/2024
Promulgada mediante el Decreto N° 3982/24 de fecha 20/09/2024