Boletines/Trenque Lauquen
Resolución Nº 579/2024
Trenque Lauquen, 26/08/2024
Visto
La importancia que tienen las Universidades Públicas de nuestro país para el desarrollo estratégico y la creación de una sociedad con igualdad de oportunidades (Exp. N° 5256/06 HCD.); y
Considerando
Que la Constitución Nacional establece en su Artículo Nro. 14 que todos los habitantes de la Nación gozan del derecho de enseñar y aprender, y que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, con rango constitucional desde la Reforma de 1994, reconoce el derecho de toda persona a la educación, considera que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, y determina que la enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos;
Que la Ley de Educación Nacional Nro. 26.206 declara que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social que deben ser garantizados por el Estado, para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación;
Que las universidades públicas argentinas a pesar de los distintos vaivenes, en los últimos 40 años, desde el retorno de la democracia a la Argentina, el sistema universitario se expandió como nunca: hay una o más universidades en todas las provincias. De los 300.000 estudiantes universitarios en 1983 se pasó a más de 2.000.000 en 2023;
Que las empresas, el sector público y las organizaciones de la sociedad civil, de la Argentina y del mundo, saben que un universitario argentino es un profesional bien formado, en lo disciplinar y en lo ético;
Que la educación pública universitaria constituye un orgullo de la sociedad argentina que se basa en los pilares de laicidad, gratuidad, autonomía, inclusión social, enseñanza con la máxima calidad académica, desarrollo de la investigación y compromiso con el entorno social, requiriendo un financiamiento adecuado para el desarrollo de sus actividades;
Que las universidades enfrentan una situación crítica debido a la decisión del Gobierno nacional de prorrogar los valores presupuestarios del año 2023 al 2024, poniendo en riesgo la posibilidad de que las Universidades nacionales continúen normalmente con sus funciones, generado una profunda incertidumbre y preocupación en toda la comunidad universitaria;
Que esta medida coloca a las universidades en riesgo de desfinanciamiento, comprometiendo sus funciones esenciales como la educación universitaria y preuniversitaria, la investigación científica y la atención médica a más de medio millón de pacientes anuales en sus centros hospitalarios;
Que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) el día 23 de abril, juntamente con organizaciones sindicales docentes, no docentes, la Federación Universitaria de Buenos Aires (FUBA)y la Federación Universitaria Argentina (FUA), convocaron a una jornada en defensa de la universidad, la educación y la ciencia públicas y en reclamo por un mayor presupuesto universitario;
Que el FONID fue creado por la Ley N° 25.053 el 18 de enero de 1998, estableciéndose que los recursos serían destinados al mejoramiento de la retribución de los docentes de escuelas oficiales y de gestión privada subvencionadas de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires y de las escuelas e institutos oficiales dependientes de las universidades nacionales, de los ministerios del Poder Ejecutivo nacional, de otros organismos oficiales y de las escuelas dependientes de municipios;
Que el FONID y el resto de los fondos vinculados a Educación, corresponden a fondos establecidos por Ley que no pueden eliminarse unilateralmente, puesto que
fueron leyes votadas por amplísimas mayorías en el Congreso, y ningún Gobierno desde el año 1998 a la fecha, las incumplió a lo largo 26 años, y con gobiernos de todas las fuerzas políticas, en el entendimiento de que la educación es un derecho que debe garantizar el Estado;
Que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el proyecto de Ley que exige al gobierno nacional la recomposición del presupuesto universitario y de los salarios del personal docente y no docente, frente a la descomunal pérdida que se ha producido desde diciembre del año 2023 hasta la actualidad;
Que una respuesta adecuada a la crisis salarial en las universidades también requiere con urgencia la actualización de la garantía salarial y la restitución del FONID;
Que en la misma sesión se haya dado media sanción a la declaración de esencialidad de la educación en sus niveles obligatorios, con el propósito de suprimir el derecho de huelga en el sector, claramente inconstitucional, no se dirige a resolver ningún problema real de la educación, sino a disciplinar la organización colectiva que se da legítimamente la docencia en sus sindicatos, y a limitar el derecho democrático a la protesta;
Que ante esta situación las universidades públicas realizaron 48 horas de paro los días 20 y 21 de agosto.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
R E S O L U C I Ó N
Artículo 1º.-) Este Honorable Cuerpo expresa su apoyo y acompañamiento a las acciones que se lleven a cabo en defensa de la educación pública, así como a las y los trabajadoras/es de la educación que se ven perjudicados por las medidas de ajuste tomadas por el gobierno nacional.
Artículo 2º.-) Expresar el total repudio y rechazo a la decisión tomada por el Poder Ejecutivo Nacional de no enviar a las provincias los fondos correspondientes al FONID (Fondo Nacional del incentivo Docente) y el desfinanciamiento de las Universidades Nacionales.
Artículo 3º.-) Expresar nuestro beneplácito a los proyectos ingresados en la Honorable Cámara de Diputados de la Nacional que promuevan la restitución de dichos fondos a las provincias, como la ampliación presupuestaria a las Universidades Nacionales a los efectos de garantizar el derecho a la Educación consagrado en nuestra Constitución Nacional.
Artículo 4º.-) Remitir por copia digital la presente declaración a las autoridades del Congreso de la Nación, a los bloques que tienen representación en ambas Cámaras y a la Secretaría de Educación de la Nación.
Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante