Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5541/2024
Trenque Lauquen, 12/08/2024
VISTO: La Ordenanza N° 3770/11 y su modificatoria N° 3796/11. (Exp. N° 4769/04 HCD.), y
CONSIDERANDO: Que se torna necesario dotar de un mecanismo de actualización automático para los valores en la obra y materiales de conexión a la Red Domiciliaria de Gas Natural.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 3770/11 que quedará redactado de la siguiente manera: “Créase el programa “GAS EN TU CASA”, a través del cual el municipio proveerá los materiales y/o los materiales y la mano de obra, según corresponda, para la ejecución de las obras internas de conexión a la Red Domiciliaria de Gas Natural, y hasta un tope del valor de 500 UMI para la provisión de solo materiales y de hasta 1300 UMI para el caso de provisión de materiales y mano de obra.”
Artículo 2°.-) Derogase el Artículo 3° y Artículo 10° de la Ordenanza N° 3770/11.
Artículo 3°.-) Modificase el Artículo 4° de la Ordenanza N° 3770/11 que quedará redactado de la siguiente manera: “El costo de los materiales y/o los materiales y la mano de obra, será reintegrado en hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales y consecutivas a partir del mes siguiente de contar con el servicio de gas natural.”
Artículo 4°.-) Modificase el Artículo 8° de la Ordenanza N° 3770/11 que quedará redactado de la siguiente manera: “Finalizada la inscripción se efectuará, a través del área designada por el Departamento Ejecutivo, un estudio socio-económico de los vecinos anotados a efectos de evaluar en forma particular la situación de cada uno de ellos; permitiendo así, en función de las características y costo de cada obra, determinar el monto y número de cuotas a abonar por el vecino, las que no podrán ser superiores al 25% de sus ingresos, ni superar el número de cuotas de treinta y seis (36)”.
Artículo 5°.-) Incorporase como Artículo 8° Bis a la Ordenanza N° 3770/11, la siguiente redacción: “Para el caso de vecinos que previo estudio socio-económico, se vieren impedidos de abonar la obra, la misma será subsidiada por el Municipio. Pudiendo contemplarse para estos casos a jubilados con haber mínimo, vecinos mayores de 70 años con un ingreso inferior al salario mínimo municipal, personas con alguna discapacidad y toda situación que el municipio considere meritoria”.
Artículo 6°.-) Autoriza al Departamento Ejecutivo a asignar una partida presupuestaria para llevar adelante el Programa “GAS EN TU CASA”, donde tendrá recupero con el pago de cuotas de los vecinos alcanzados.
Artículo 7°.-) Derogase la Ordenanza N° 3796/11.
Artículo 8°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2318/2024 – 15/08/2024
Firma: Fracisco Recoulat – Intendente Municipal.
Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno