Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 5531/2024
Trenque Lauquen, 12/08/2024
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
Mediante Ordenanzas Nº 2854/07 modificada por Ordenanza Nº 3133/08, los Sres. Tilmo Turchi y Clara M. Arnaiz de Turchi realizaron una donación al Municipio de Trenque Lauquen de una fracción del inmueble identificado catastralmente como Circ. XVII - Secc. D - Chac. 286 - Frac. II - Parc. 2g - Partida nº 4877, inscripta en la matrícula nº 5010;
En las citadas ordenanzas se impusieron cargos específicos a la Municipalidad, incluyendo el desarrollo y mantenimiento del inmueble con un destino particular de utilidad pública, que no han sido cumplidos;
El incumplimiento de estos cargos ha generado incertidumbre y ha afectado la seguridad jurídica de los herederos actuales de los donantes, quienes se ven imposibilitados de disponer del inmueble para otros fines que podrían beneficiar tanto a su interés privado como al interés general de la comunidad;
Más de diecisiete años han transcurrido desde la sanción de las mencionadas ordenanzas sin que se hayan cumplido los objetivos y condiciones impuestos, demostrando un desfase entre las intenciones originales de los donantes y la realidad administrativa y funcional del Municipio;
La falta de acción sobre el inmueble no solo impide su utilización adecuada conforme a lo donado, sino que también constituye un impedimento para el desarrollo urbanístico y la mejora de calidad de vida en la zona afectada;
En reuniones mantenidas entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los herederos de los propietarios del inmueble, estos han expresado su acuerdo y conformidad con la derogación de las ordenanzas, buscando una solución que permita la libre disposición del inmueble.
Es imperativo regularizar la situación jurídica del inmueble para corregir la situación de parálisis y permitir que los propietarios actuales puedan ejercer plenamente sus derechos sobre el mismo.
Es por lo expuesto, que se propicia la norma en cuestión (Exp. N° 5420/07 HCD.)
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1°.-) En virtud de lo expuesto, deróguense las Ordenanzas Nº 2854/07 y 3133/08, que establecían los cargos y condiciones de uso del inmueble que fuera objeto de donación a favor de la Municipalidad de Trenque Lauquen.
Artículo 2°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Marta BATHIS
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2308/2024 – 15/08/2024
Firma: Fracisco Recoulat – Intendente Municipal.
Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno