Boletines/Saavedra
Decreto Nº 1184/2024
Saavedra, 29/08/2024
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 96287/2024.-
Visto
Las Ordenanzas 7156/2022 y 7399/2024, y
Considerando
Que la Ordenanza 7156/22 recogió las particularidades del programa de “25 viviendas de la ciudad de Pigüé” y reguló el procedimiento de inscripción y adjudicación de las citadas viviendas.
Que, efectuado el correspondiente sorteo mediante Decreto Nº 1613/2022 se adjudicaron las veinticinco viviendas construidas en Pigüé.
Que la Ordenanza Nº 7399/2024 determina el sistema de cobro para las viviendas correspondientes al Plan 25 viviendas de la Localidad de Pigüé, establecido mediante Ordenanza 7156.
Que la referida Ordenanza establece la obligatoriedad de optar entre uno de los sistemas de cobro descriptos en el artículo 3º y artículo 4º.
Que los adjudicatarios haciendo uso de dicha potestad optaron por el sistema que mejor se acomodaba a sus posibilidades,
Por ello, el Intendente Municipal en uso de sus facultades:
D E C R E T A
Art. 1º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios ROBERTO HUGO GANGA D.N.I. N° 26.456.105 y HAYDEÉ BEATRIZ CHAPARRO D.N.I. N° 27.979.180, de la vivienda identificada como Vivienda N° 1, ubicada en calle Ayacucho 1409 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/1 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 2º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios DIEGO ALBERTO AQUEVEQUE D.N.I. N° 23.595.496 y MIRTA NÉLIDA SANDOVAL D.N.I. N° 26.001.581, de la vivienda identificada como Vivienda N° 2, ubicada en calle Ayacucho 1417 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/2 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 3º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios MARCOS DE LA CRUZ SEGOVIA D.N.I. N° 33.685.460 y SOFÍA SOLEDAD CUNS D.N.I. N° 31.076.467, de la vivienda identificada como Vivienda N° 3, ubicada en calle Ayacucho 1425 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/3 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientos sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 4º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios RITA FLORENCIA LIMACHE D.N.I. N° 35.954.402 y LUIS EMANUEL ELISEO MARIN D.N.I. N° 31.321.179, de la vivienda identificada como Vivienda N° 4, ubicada en calle Ayacucho 1433 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/4 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 5º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios CRISTIAN CARLOS MARCHETTA D.N.I. N° 26.106.684 y CLAUDIA DEL CARMEN DA ROSA D.N.I. N° 27.823.074, de la vivienda identificada como Vivienda N° 5, ubicada en calle Ayacucho 1441 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/5 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 6º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios DAMIAN GASTÓN APONTE D.N.I. N° 36.960.107 y LUCÍA NICOLE CORTES D.N.I. N° 39.292.638, de la vivienda identificada como Vivienda N° 6, ubicada en calle Ayacucho 1449 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/6 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 7º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios ALDANA GABRIELA PODPRULLENKO D.N.I. N° 37.056.081 y ALAN CARLOS EZEQUIEL SPORTELLI D.N.I. N° 34.779.257, de la vivienda identificada como Vivienda N° 7, ubicada en calle Ayacucho 1457 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/7 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 8º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios ALEJANDRO FRANCISCO GARCÍA D.N.I. N° 34.779.388 y VERÓNICA NATALÍ LÓPEZ D.N.I. N° 38.931.122, de la vivienda identificada como Vivienda N° 8, ubicada en calle Ayacucho 1465 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/8 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 9º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios ELIANA KARINA GONZÁLEZ D.N.I. N° 37.370.389 y ARIEL HORACIO FIGUEROA D.N.I. N° 30.078.399, de la vivienda identificada como Vivienda N° 9, ubicada en calle Ayacucho 1473 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/9 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 10º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria EVELYN ALDANA CARDOZO D.N.I. N° 40.424.292, de la vivienda identificada como Vivienda N° 10, ubicada en calle Ayacucho 1481 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/10 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 11º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios MARCELO NICOLÁS FERNANDEZ D.N.I. N° 27.913.923 y CLAUDIA VERÓNICA QUINTEROS D.N.I. N° 32.922.878, de la vivienda identificada como Vivienda N° 11, ubicada en calle Ayacucho 1493 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/11 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 12º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios IGNACIO USTÚA RUEDA D.N.I. N° 42.830.312 y LUDMILA ROCÍO RISTAÑO POLAK D.N.I. N° 43.592.786, de la vivienda identificada como Vivienda N° 12, ubicada en calle Alberti 1492 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/12 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 13º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios PAMELA JACQUELINE SÁNCHEZ D.N.I. N° 33.238.592 y JUAN GANRIEL HABERKORN D.N.I. N° 31.788.942, de la vivienda identificada como Vivienda N° 13, ubicada en calle Alberti 1480 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/13 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 14º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios AXEL JAVIER SCHOLL D.N.I. N° 38.155.458 y DAIANA ESTEFANÍA MÁS D.N.I. N° 36.521.509, de la vivienda identificada como Vivienda N° 14, ubicada en calle Alberti 1472 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/14 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 15º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria ROMINA NATALIA DÍAZ D.N.I. N° 30.967.657, de la vivienda identificada como Vivienda N° 15, ubicada en calle Alberti 1464 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/15 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 16º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria MARÍA VALERIA KENT D.N.I. N° 27.388.230, de la vivienda identificada como Vivienda N° 16, ubicada en calle Alberti 1456 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/16 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 17º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria LAURA ROCÍO PÉREZ D.N.I. N° 37.641.632, de la vivienda identificada como Vivienda N° 17, ubicada en calle Alberti 1448 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/17 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 18º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios DANIELA BELÉN IPARRAGUIRRE D.N.I. N° 36.521.502 y MAURO EZEQUIEL LÓPEZ D.N.I. N° 35.398.317, de la vivienda identificada como Vivienda N° 18, ubicada en calle Alberti 1440 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/18 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 19º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria DAIANA MAGALÍ GONZÁLEZ D.N.I. N° 34.779.236, de la vivienda identificada como Vivienda N° 19, ubicada en calle Alberti 1432 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/19 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 20º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria NATALIA NOEL ARISTA D.N.I. N° 31.024.584, de la vivienda identificada como Vivienda N° 20, ubicada en calle Albertio 1424 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/20 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 21º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y el adjudicatario HÉCTOR OSCAR MORENO D.N.I. N° 18.338.768, de la vivienda identificada como Vivienda N° 21, ubicada en calle Alberti 1416 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/21 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 22º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria NATALIA BELÉN CORONEL D.N.I. N° 39.553.836, de la vivienda identificada como Vivienda N° 22, ubicada en calle Alberti 1408 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/22 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 23º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios JUAN IGNACIO SAPELLI D.N.I. N° 37.006.467 y KAREN PERALTA BAIER D.N.I. N° 40.424.261, de la vivienda identificada como Vivienda N° 23, ubicada en calle Urquiza 1224 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/23 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 24º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y los adjudicatarios HILDA BEATRÍZ ALVAREZ D.N.I. N° 16.606.371 y LUIS OMAR MORENO D.N.I. N° 39.290.998, de la vivienda identificada como Vivienda N° 24, ubicada en calle Urquiza 1234 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/24 por medio del cual reconocen adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en doscientas cuarenta (240) cuotas mensuales consecutivas de doscientas dieciséis con treinta y cinco unidades de vivienda (216,35 UVIS) cada una.-
Art. 25º Convalídase el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE SAAVEDRA (PIGÜÉ) y la adjudicataria AIXA YAEL JALED D.N.I. N° 33.680.704, de la vivienda identificada como Vivienda N° 25, ubicada en calle Urquiza 1244 de la localidad de Pigüé, Partida Provisoria 9640/25 por medio del cual reconoce adeudar al Municipio la suma de cincuenta y un mil novecientos veinticuatro con setenta y ocho unidades de vivienda (51.924,78 UVIS) en concepto de cuota de amortización, pagaderos en trescientas sesenta (360) cuotas mensuales consecutivas, siendo el monto inicial de la primera cuota la suma de pesos veintitrés mil doscientos noventa y dos con cincuenta y nueve centavos ($23.292,59).-
Art. 26º Comuníquese, tómese nota por Oficina de Rentas, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario, dése al Registro de Decretos y cumplido, archívese.-
DECRETO Nº 1184/2024.