Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1566/24

Decreto Nº 1566/24

Mar Chiquita, 29/08/2024

Visto

La Ordenanza N° 044/2024, promulgada mediante Decreto N° 1142 de fecha 28 de junio de 2024;

Las solicitudes recepcionadas por esta Administración que fueron remitidas por: Asamblea Vecinal Mar Chiquita, Sociedad de Fomento Mar Chiquita, Centro de Jubilados Avanzar Mar de Cobo, Asociación de Fomento de Mar de Cobo y el Coordinador Distrital del Programa FinES del Partido de Mar Chiquita; y

Considerando

Que por la mencionada Ordenanza se crea el Consejo del Transporte de Mar Chiquita;

Que el mismo tiene como objetivo elaborar y evaluar iniciativas tendientes a la mejora del Servicio de Transporte Público de Pasajeros en el Partido de Mar Chiquita, propiciando idearios documentales, siendo el órgano de consulta a requerimiento del Departamento Ejecutivo;

Que, en ese sentido, el Artículo 2° de dicha Ordenanza establece que el Consejo del Transporte de Mar Chiquita estará compuesta por Dos representantes del Departamento Ejecutivo, designados por el Intendente Municipal, Un concejal representante por cada Bloque Político y Cinco vecinos representantes de Organizaciones Constituidas en el Partido.

Que todos los miembros se desempeñarán “Ad honorem” y durarán en el cargo 6 meses, pudiendo renovarse las autoridades por 6 meses más.

Que para la efectiva implementación resulta necesario proceder a la designación de los Cinco vecinos representantes de Organizaciones Constituidas en el Partido ut-supra mencionados;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE, como Vecinos Representantes Ad Honorem de Organizaciones Constituidas en el Partido para integrar el CONSEJO DEL TRANSPORTE DE MAR CHIQUITA, previsto en el Artículo 2° de la Ordenanza 044/2024, a las siguientes personas:

  • Sr. ZAMORANO HERNAN, D.N.I. Nº 24.251.933, por la Sociedad de Fomento Mar Chiquita;
  • Sr. FONTAN CARLOS A., D.N.I. Nº 13.765.444, por el Centro de Jubilados Avanzar;
  • Sra. CHIRI GRACIELA, D.N.I. N° 10.585.816, por la Asociación de Fomento de Mar de Cobo;
  • Sr. BORAGINA JERONIMO EXEQUIEL, D.N.I. N° 26.601.835, en su carácter de Coordinador Distrital del Programa FinES del Partido de Mar Chiquita;
  • Sra. BARRO ANA GABRIELA, D.N.I. N° 14.908.457, por la Asamblea Vecinal de Mar Chiquita.

ARTÍCULO 2°: DESIGNASE, como Suplentes Ad Honorem de los Representantes designados en el Artículo precedente, a las siguientes personas:

  • Sra. HUBER MONICA VIVIANA, D.N.I. N° 13.645.851; por la Asamblea Vecinal de Mar Chiquita;
  • Sr. GRIFFITIES HUGO, D.N.I. N° 10.591.700; por el Centro de Jubilados Avanzar;
  • Sra. SUANNI ROCIO NANCY, D.N.I. N° 30.595.416, por la Asociación de Fomento de Mar de Cobo.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 4º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dése al Registro Oficial.