Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1474/24

Decreto Nº 1474/24

Mar Chiquita, 16/08/2024

Visto

La solicitud efectuada por el Secretario de Gobierno a efectos de que se declare de Interés Municipal las actividades a realizarse por el Seminario Provincial de Seguridad Ciudadana “TALLER PREPARATORIO OPERATIVO SOL A SOL, MAR CHIQUITA”; y

Considerando

Que el objetivo de este Taller es promover un espacio de intercambio entre actores institucionales involucrados en la gestión de seguridad y la violencia situados en los territorios, así como la elaboración de una agenda estratégica de los principales debates en materia de seguridad, que responda a las realidades y necesidades de cada región en particular las que, serán presentadas y debatidas en el marco del próximo operativo de Sol a Sol 2025;

Que el mismo contará con la presencia de autoridades del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, del Instituto Universitario Juan Vucetich y de numerosos Municipios de nuestra Provincia;

El mismo se llevará a cabo el día 20 de agosto del corriente año en el Centro Cultura de la localidad de Santa Clara del Mar;

Por ello,                                                                                                                      

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DECLARASE, de INTERES MUNICIPAL las actividades a realizarse por el Seminario Provincial de Seguridad Ciudadana “TALLER PREPARATORIO OPERATIVO SOL A SOL, MAR CHIQUITA”, a realizarse el día 20 de agosto del corriente año en el Centro Cultura de la localidad de Santa Clara del Mar, atento a los considerandos del presente. 

ARTICULO 2º: AUTORIZASE, a abonar los gastos que demanden las actividades citadas en el Artículo 1º según el siguiente detalle:

  • Servicio de publicidad.
  • Catering.
  • Productos descartables.
  • Traslados varios.
  • Servicio fotográfico y filmación.
  • Locución.
  • Material de librería.
  • Gráfica y cartelería.
  • Alojamiento.
  • Servicio de impresión.
  • Alquiler de equipos electrógenos.
  • Obsequios.
  • Productos alimenticios.
  • Desayunos, almuerzos, meriendas y cenas.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo A. Bochicchio y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, a quienes corresponda. Regístrese, publíquese y archívese.