Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 914/24
Veinticinco de Mayo, 30/09/2024
Visto
La solicitud de eximición del pago de la tasa por servicios públicos y sanitarios del contribuyente ADRIAN EDUARDO SULMONETTI, DNI 33.742.638, según Expediente 4118-03098 de la tasa de servicios públicos y sanitarios,
Considerando
Que el peticionante inició el trámite correspondiente, adjuntando la documentación requerida;
Que la exención tributaria dispuesta por la ordenanza fiscal impositiva N.º 3434/2021- ANEXO I-FISCAL- resultante de los artículos Artículo 127º: inc c) “…Las personas que son consideradas discapacitadas en los términos del Artículo N° 2 de la Ley N° 22.431 es decir: toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral. Con el pedido de eximición el contribuyente deberá acreditar su condición con la siguiente documentación: 1. Certificado Único de Discapacidad vigente, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y suscripto por la autoridad sanitaria correspondiente que acredite plenamente la discapacidad, 2. Vivienda única, familiar y ocupación permanente, 3. Identificación de la partida inmobiliaria. Esta eximición tendrá vigencia hasta la fecha de vencimiento del Certificado de Discapacidad presentado en la solicitud de dicha eximición. Los beneficiarios quedan obligados a informar al Departamento Ejecutivo cualquier cambio en las condiciones por la que le fuere otorgada la eximición….”
Que se encuentra acreditada su condición de discapacitado a fs13;
Que del informe socioambiental que obra a fs 21 surge que es su único ingreso del núcleo familiar y que reviste el carácter de propietario de vivienda única, familiar y ocupación permanente.-
Que la Secretaría de Hacienda y Dirección de Legal y Técnica ha emitido dictamen correspondiente a fs 27.-
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO
DECRETA:
Artículo 1º) Decrétese la eximición de tasa de servicios públicos y sanitarios al contribuyente ADRIAN EDUARDO SULMONETTI, DNI 33.742.638, según Expediente 4118-03898/2024 , correspondiente al inmueble sito en calle 12 e/ 38 y 39 de esta ciudad, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección F, Quinta 94 Parcela 7g, partida municipal 1104464 UF Nº2.- Las exenciones otorgadas de acuerdo mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado comprendido.
Artículo 2º) Refréndese por la Secretaría de Hacienda. -
Artículo 3º).- Cúmplase, publíquese, notifíquese y archívese