Boletines/Veinticinco de Mayo
Decreto Nº 846/2024
Veinticinco de Mayo, 03/09/2024
Visto
el expediente Nº 4118-3854, y:
Considerando
Que a fs. 1 se presenta el Sr. MARTIN EMILIO CARRICABURU, D.N.I. Nº 13.173.992 solicita se lo exima del pago del impuesto automotor del dominio KQS 584;
Que el peticionante inició el trámite correspondiente, adjuntando la documentación requerida junto al Certificado de Discapacidad (CUD);
Que la exención tributaria dispuesta por la ordenanza fiscal impositiva N.º 3434/2021- ANEXO I-FISCAL- resultante del artículo 134, apunta que “quedaran eximidos del 100% (cien por ciento) de esta tasa, las personas que son consideradas discapacitadas en los términos del art. 2 de la Ley 22.431 es decir: toda persona que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social implique desventajas considerables para su integración familiar, social, educacional o laboral”;
Que se encuentra acreditada su condición con el informe socioambiental obrante a fs. 12/14 llevado a cabo por la trabajadora social Lucrecia Salinas;
Que según la ordenanza fiscal 3434/2021 Artículo 146º las exenciones otorgadas de acuerdo a lo dispuesto en esta Ordenanza mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado o del inmueble comprendido;
Que la Dirección General de Legal y Técnica (fs. 17) y la Secretaría de Hacienda (fs. 20) han emitido sus respectivos dictámenes;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE 25 DE MAYO
DECRETA:
Artículo 1º) Decrétese la eximición de patentes de automotores al contribuyente MARTIN EMILIO CARRICABURU, D.N.I. Nº 13.173.992, según constancias del Expediente 4118-3854 correspondiente al automotor dominio KQS 584. Las exenciones otorgadas de acuerdo mantendrán su validez mientras no cambien las disposiciones legales que rigen la materia o las situaciones de derecho o de hecho del sujeto beneficiado comprendido.
Artículo 2º) Refréndese por la Secretaría de Hacienda.
Artículo 3º) Cúmplase, publíquese, notifíquese y archívese.