Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1504
Brandsen, 28/08/2024
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-35.921/24, por el cual la Secretaría de Obras Públicas gestiona una Compra Directa para la adquisición de tina de acero inoxidable de 500 litros (usada) para ser utilizada en la Planta de RSU, y;
Considerando
Que a fs. 10 Se expide el Subdirector de Asuntos Legales de la Municipalidad: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen a dictamen las actuaciones de referencia con motivo de emitir dictamen sobre la COMPRA DIRECTA de una tina de acero inoxidable de 500 lts (USADA) para ser utilizada en la Planta de RSU. Entiendo que la consulta es concretamente por la compra del artículo definido en párrafo anterior y que resulta “usado” pero conveniente en precio con relación a los presupuestos agregados a fs. 6/8, resultando que la oferta más conveniente resultaría ser la de fs. 7, correspondiente al presupuesto agregado por el Sr. Sem Roselli. El artículo 156 inc. 10 de la LOM, establece: “Con excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: … inc.10º Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado. Además, el art. 105 del Decreto 2980/00, dispone: “ARTICULO 105.- En las compras de bienes, cualquiera sea el procedimiento a seguir, será necesaria la fijación previa de un valor base estimado con intervención de las reparticiones técnicas que sean competentes y acreditando aproximación a los precios de mercado, pudiendo existir excepciones fundadas en causas que se harán constar bajo responsabilidades solidarias del Intendente y el Director de la Oficina de Contrataciones”. Considero que con los presupuestos agregados se puede considerar conveniente la adquisición de la tina en forma DIRECTA al Sr. Sem Roselli. Asimismo, para que una persona física revista la calidad de oferente en un proceso de adquisición, debe estar inscripto previamente como proveedor de acuerdo a las disposiciones de los artículos 31 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones para la Administración de las Municipalidad de la Provincia de Buenos Aires y 103 de las Disposiciones de Administración del Decreto 2980/00 – RAFAM. Fdo: Luis Mariano Cowen. Sub-Director de Asuntos Legales. Municipalidad de Brandsen, 28 de agosto de 2024.”;
Que el art.151° de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “ Las adquisiciones y otras contrataciones previstas en este apartado por valor de hasta seis pesos con cuarenta y ocho centavos ($ 6,48) se efectuarán en forma directa; de seis pesos con cuarenta y nueve centavos ($ 6,49) y hasta treinta y dos pesos con cuarenta y dos centavos ($ 32,42) mediante concurso de precios; de treinta y dos pesos con cuarenta y tres centavos ($ 32,43) y hasta noventa y siete pesos con veintiséis centavos ($ 97,26) mediante licitación pública o privada, y excediendo esta última cantidad, mediante licitación pública”;
Que los montos mencionados en el art. 151 de la Ley Orgánica de Municipalidades fueron actualizados por Resolución Nº 273/24 del Ministerio de Gobierno;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo autorizando la compra directa;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Autorizase la Compra Directa de tina de acero inoxidable de 500 litros (usada) para ser utilizada en la Planta de RSU, por un valor total de pesos setecientos ochenta y seis mil quinientos con 00/100 ($786.500,00), de acuerdo a lo normado en el art. 156 inc.10 de la LOM.-
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 4000 - Categoría Programática: 25.00 – Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Obras Públicas. –
ARTICULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-