Boletines/Brandsen

Decreto Nº1481

Decreto Nº 1481

Brandsen, 23/08/2024

Visto

Visto el Expte. 4015-35.843/24, por el cual el Sr. Gaston Oscar Del Corro DNI Nº 26.846.832 en su calidad de Socio Gerente de la Sociedad Del Corro Gas S.R.L. solicita baja de deuda prescripta leg. Nº 3647 , y;

Considerando

Que a fs. 18 dictaminó el Subsecretario Legal y Técnico indicando: Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones de referencia a fin de emitir opinión con relación a la solicitud de prescripción formulada por el Sr. Gastón Oscar Del Corro – Socio Gerente de la empresa “DEL CORRO GAS SRL” por  las tasas de seguridad e higiene  del comercio Legajo 3647.Del análisis de la cuestión, y teniendo en cuenta  que  a fs. 7/8 obra informe de deuda del cual surgen periodos devengados  en concepto de tasa de seguridad e higiene  correspondientes a los años 2016-2017, considero que le asiste razón al señor Del Corro y en consecuencia correspondería declarar  - en virtud de lo dispuesto por el art. 278 de la LOM -   la prescripción de las tasas correspondientes a los períodos 01/2016 a  12/2017 que  afectan el Legajo 3647. Por ello, de estar de acuerdo el D.E., podría hacer lugar a la petición por los períodos indicados, dictándose en consecuencia el acto administrativo en tal sentido  y haciéndolo efectivo en el sistema RAFAM, con constancia del acto que así lo ordene.SUB-DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, agosto 23 de 2024.Luis Mariano Cowen. Sub-Director de Asuntos Legales. Municipalidad de Brandsen;

 

                        Que en ese orden, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

 

                        POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTÍCULO 1º.- Prescríbase la deuda de tasas de Seguridad e Higiene generada entre los periodos 2016-2017 correspondientes a la partida N° 3647 a nombre del contribuyente DEL CORRO GAS S.R.L.-

 

ARTÍCULO 2º.- Regístrese por intermedio de la oficina de Ingresos Públicos, en el sistema RAFAM lo mencionado en el artículo 1°.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía Hacienda y Administración.-

 

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese a quien  corresponda,  dese al Registro Oficial y cumplido,  archívese.-