Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1465
Brandsen, 21/08/2024
Visto
Visto el expediente Nº 4015-35.807/24, mediante el cual el Sr. Héctor Figueroa Párroco de la Capilla “NUESTRA SEÑORA DE LUJAN” (La Posada Samborombon) tramita un subsidio para afrontar gastos por obras, y;
Considerando
Que a fs. 1 las autoridades de la mencionada Institución solicitan un subsidio destinado a la colaboración con los gastos que conlleve la mantención edilicia y puesta en valor de la Capilla NUESTRA SEÑORA DE LUJAN (La Posada Samborombon);
Que el presupuesto es por la suma de pesos cinco millones ochocientos siete mil novecientos sesenta y dos con 00/100 ($ 5.807.962,00);
Que a fs. 9 la Dirección de Instituciones Intermedias y Culto deja constancia que dicha institución reúne todas las condiciones para percibir el mencionado subsidio;
Que por las actuaciones previstas en el expediente 4015.33012/23 mediante el acto administrativo 0987/23 con fecha 24 de Abril de 2023, se ha otorgado un subsidio donde el beneficiario presenta iguales condiciones;
Que la Contaduría Municipal se expidió de modo favorable en cuanto al otorgamiento del subsidio, destacando la obligación de acogimiento a la normativa exigible en materia de subsidios, Art. 131 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal) y Art. 50 Decreto Nº 2980/00, ratificado por el art. 9 de la Ley 13.295;
Que la falta de rendición de cuentas constituye una causa para privar a la entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios (Art. 132 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal), y Art. 51 Decreto 2980/00, ratificado por Ley 13.295;
Que por todo lo expuesto, la documentación aportada por quien solicita la colaboración, y por cumplimentar todos los requerimientos, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Otórguese un subsidio de pesos cinco millones ochocientos siete mil novecientos sesenta y dos con 00/100 ($ 5.807.962,00) destinado a solventar los gastos que conlleve la mantención edilicia y puesta en valor de la Capilla “NUESTRA SEÑORA DE LUJAN” (La Posada Samborombon).-
FIGUEROA OLEGARIO HECTOR
CBU: 0110060030006006494983
DNI Nº 12.307.859 |
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 7000 - Categoría Programática: 35.03 – Fuente de Financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo de la Comunidad. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-