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Decreto Nº1409

Decreto Nº 1409

Brandsen, 12/08/2024

Visto

                 VISTO la ordenanza Nº 1321, y;

Considerando

Que por la misma se autoriza al poder ejecutivo a establecer, para personas con capacidad restringida o en situación de discapacidad, lugares especiales de estacionamiento para sus vehículos a fin de que puedan acceder sin dificultad a diversos establecimientos públicos;

Que en el uso de las facultades dispuestas por la Ordenanza referenciada es que este P.E considera pertinente que la Dirección de Planeamiento y Catastro sea el organismo que determine, conforme a las necesidades, los metros que se afectaran exclusivamente para el uso de personas que presenten las mencionadas dificultades de acceso a la entrada principal del Palacio Municipalidad ubicado en calle Sáenz Peña Nº752;

 

Que en este orden de ideas, el D.E. considera adecuado que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado ubicado sito en calle Bartolomé Mitre Nº 265, adhiera a la determinación del espacio de acceso para las personas con capacidad restringida o discapacidad;

 

Que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, incorporada por nuestro ordenamiento jurídico mediante Le 26.378, dispone en su artículo 1° que: “El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.

Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás”;

 

Que en razón de lo dispuesto por la Convención, y considerando que debe el Estado promover medidas de acción positiva en clave con la perspectiva de Derechos Humanos, resulta pertinente garantizar en todos los aspectos la integridad y la dignidad de las personas con capacidad restringida o discapacidad para que puedan participar de manera plena y en igualdad de condiciones de la vida sociedad;

 

Que por ello, corresponde que en el marco de sus facultades el D.E. promueva medidas tales como las que en el presente se decretan que tienen por finalidad cumplimentar con las obligaciones a su cargo;

Que  por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

 

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTÍCULO 1º.- Disponer la colocación de señalética conforme lo establecido en la ORDENANZA Nº 1321, en las siguientes reparticiones:

 

  •  Palacio Municipal ubicado en calle Sáenz Peña Nº752.
  • Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) como organismo descentralizado ubicado en calle Bartolomé Mitre Nº 265.

 

ARTICULO 2º.- Facultar a la Dirección de Planeamiento y Catastro para que, en razón de las necesidades locales, disponga los medios necesarios para la implementación del presente acto administrativo.-

 

ARTÍCULO 3º.- El cumplimiento del artículo 1º será imputado a las partidas presupuestaria que determine el Sistema RAFAM.-

 

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno y de Economía Hacienda y Administración.-

 

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese  a  quien  corresponda,  dese  al  Registro Oficial y cumplido, archívese.-