Boletines/Brandsen

Decreto Nº1401

Decreto Nº 1401

Brandsen, 09/08/2024

Visto

Visto el contrato de Locación de Servicio celebrado entre la Municipalidad de Brandsen y el Sr. Oscar Alfredo Idarreta, y;

Considerando

Que dicho convenio está destinado a la contratación del profesional capacitado para la aplicación del “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”, cuyo objetivo es apoyar a jóvenes en situación de vulnerabilidad para el desarrollo de sus capacidades, conocimientos y habilidades, el fortalecimiento de sus vínculos con la sociedad, su integración al mundo del trabajo e inserción al sistema educativo;

 

Que dicha contratación se establece a partir del 1 de agosto de 2024 y hasta el día 31 de diciembre de 2024;

Que el profesional acredita formación calificada y suficiente experiencia para prestar sus servicios en el “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión” con la finalidad de brindar apoyo a la comunidad educativa y comunidades donde existe sede del Programa;

 

               Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra se ha sostenido: “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que  deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”

 

POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTÍCULO 1º.-  Regístrese el contrato de Locación de Servicio con el Sr. Oscar Alfredo Idarreta, D.N.I: 27.242.854 para la aplicación del “Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión”, cuyo objetivo central es la ampliación de la cobertura educativa, tendiente a disminuir los índices de deserción escolar en los barrios y comunidades donde existen sedes envión, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 2º.-  El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 111000 Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática: 39.01 – Fuente de financiamiento: 132.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarias de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo Social.-

 

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.