Boletines/Patagones

Ordenanza Nº4283

Ordenanza Nº 4283

Patagones, 19/09/2024

Visto y considerando

                                     El expediente Nº 4084 – 322HCD/24 y;

                                 Que, la Sra. Ma. Lucrecia Percaz Escuela de Educación Secundaria Nº 1 de la localidad de Villalonga solicita uso de espacio público y corte de calles desde Nuestra Sra. del Carmen, entre Amado Lebed a la altura de “Casa de Campo” hasta, esquina Cmte. Luis Piedra, el día viernes  20 de septiembre del corriente año, en el horario de 8 a 12hs en el playón que se encuentra entre  las calles Los Pozos y San Martin en el horario de  las 14:30 y 18hs.

                                  Que, se llevará a cabo la Segunda Jornada de la Fiesta del Estudiante Secundario, proyecto de nuestra Institución, donde participaran estudiantes en diversas competencias deportivas, culturales, artísticas y recreativas.

                          Que este festejo se enmarca en la fiesta del estudiante secundario y la semana de la Educación Sexual Integral, donde se trabaja sobre la inclusión y consolidación de la identidad Institucional de alumnas/os de la Escuela Secundaria.

                                Que, es facultad de este Honorable Concejo Deliberante dictar norma correspondiente.   

                POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EJERCIENDO ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorícese a la Sra. Ma. Lucrecia Percaz Escuela de Educación Secundaria Nº 1 de la localidad de Villalonga al uso del espacio público y corte de calles desde Nuestra Sra. del Carmen, entre Amado Lebed a la altura de “Casa de Campo” hasta, esquina Cmte. Luis Piedra, el día viernes 20 de septiembre del corriente año, en el horario de 8 a 12hs en el playón que se encuentra entre las calles Los Pozos y San Martin en el horario de  las 14:30 y 18hs.

Artículo 2º: El solicitante, se hará responsable ante eventuales daños materiales que ocurriesen en el mencionado espacio autorizado, haciéndose cargo de las reparaciones y perjuicios ocasionados en el mismo.

Artículo 3º: Cúmplase, regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, comuníquese a quienes corresponda. Una vez cumplimentada la Ordenanza, gírese al Honorable Concejo Deliberante el Decreto de Promulgación.

PRESIDENTE

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

PARTIDO DE PATAGONES

VERONICA MARIEL CINIRELLA

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE PATAGONES, EN LA 14º SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 18-09-2024. 20º REUNIÓN. APROBADO POR UNANIMIDAD.