Boletines/Campana

Decreto Nº867/24

Decreto Nº 867/24

Campana, 06/09/2024

Expediente Municipal N° 4016-25105-2022 Alcance 2 Cpo. 0 - Redeterminación de los Certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9 “Ampliación del Edificio de la Biblioteca – Etapa II”.

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Municipal N° 6613 promulgada por el Decreto 537/17; la Resolución Conjunta N° 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 995/2022 modificatorio del Decreto N° 290/2021 de la Ley de Obras Públicas Nº 6021 de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto N° 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal N° 4016-25105-2022 Alcance 2 Cpo.0 ; y

Considerando

Que, conforme Expediente Municipal N° 4016-25105-2022, se adjudicó mediante Licitación Pública N° 16/23, la contratación para la obra “Ampliación del Edificio de la Biblioteca – Etapa II” a la empresa Prisma Constructora S.R.L..

Que, por el Decreto N° 59/2024, se dispuso la redeterminación de los Certificados N° 1, 2 y 3, para la obra en cuestión, asimismo por el Decreto N° 231/2024 se dispuso la redeterminación del Certificado N° 4.

Que obran notas emitidas por la empresa Prisma Constructora S.R.L. solicitando las redeterminaciones de los certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9 obrantes en el presente Expediente, como consecuencia a los incrementos de los valores en la construcción. Asimismo, corre agregada la curva de inversión.

Que, la Dirección General de Obras y Arquitectura interviene e informa que de acuerdo a la Curva de Inversión vigente; la obra se encuentra dentro de los plazos estipulados, hasta el Certificado N° 9 inclusive.

Que, la Subsecretaría de Planeamiento y Obras toma conocimiento y sin objeciones que formular.

Que, la Contaduría Municipal informa que, teniendo en consideración las tablas de Insumos y Ponderaciones presentada por la empresa, siendo correcto el cálculo de factor de redeterminación y habiendo verificado la curva de inversión, resulta pertinente el pago de las Redeterminaciones sobre los Certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9.

Que, la Dirección de Compras toma conocimiento de las actuaciones sin objeciones al respecto.

Que, la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria mencionada en el Art. 2 del Decreto DECTO-2024-59-E-MUNICAM-INT. Asimismo, manifiesta que las redeterminaciones de los Certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9 no han sido presupuestadas en el “Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos año 2024”, pero las erogaciones podrán llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o de acuerdo a la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y 9.

Que, la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento de las actuaciones y manifiesta que, las redeterminaciones de los certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9 no han sido presupuestadas en el “Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos año 2024”, pero las erogaciones podrán llevarse a cabo transfiriendo crédito presupuestario a la estructura programática sugerida de economías realizadas dentro de la misma Secretaría o de acuerdo a la Ordenanza de Presupuesto vigente en sus artículos N° 8 y 9.

Que, luce la Solicitud de Pedido N° 3-5324-172 por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Uno con 28/100 Centavos ($ 142.764.551,28.-).

Que obra la Solicitud de Gasto N° 0-4283 por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Uno con 28/100 Centavos ($ 142.764.551,28.-).

Que, la Jefatura de Gabinete toma conocimiento y otorga continuidad a las actuaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que, por todo lo expuesto, resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1.- Dispónese la redeterminación de los Certificados N° 5, 6, 7, 8 y 9, para la obra “Ampliación del Edificio de la Biblioteca – Etapa II” con la empresa Prisma Constructora S.R.L., por la suma total de Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Setecientos Sesenta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Uno con 28/100 Centavos ($ 142.764.551,28.-), de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 995/2022 modificatorio del Decreto N° 290/2021 de la Ley de Obras Públicas 6021 de la Provincia de Buenos Aires, y en un todo de acuerdo al Expediente Municipal N° 4016-25105-2022 Alcance 2 Cpo. 0.-

ARTÍCULO 2.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110106000 “Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Categoría Programática 20.64.00 “Ampliación Edificio Biblioteca – Etapa II”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-

ARTÍCULO 3.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4.- Registrese, comuníquese, notifiquese, y archívese.-