Boletines/Tandil

Decreto Nº2840/2024

Decreto Nº 2840/2024

Tandil, 14/09/2024

Visto

La solicitud del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Faltas N° 2, Dr. Vicente Pedro Oliveto, por la cual requiere que se autorice a suscribir despachos simples y de mero trámite al agente Arias Carla Nerina (Leg.7889), en ausencia del peticionante o cuando el cúmulo de trabajo lo requiera; y

Considerando

Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia reiterando, a todo evento, lo oportunamente dictaminado en expediente municipal SADOM Nº 17/11027/00, en cuanto a los alcances que dicha autorización significan.

Que en particular, ha sostenido que resultan actos procedimentales susceptibles de rúbrica por agentes no letrados - en el caso de marras, al agente Arias Carla Nerina (Leg.7889)-, en principio: I) La recepción de escritos presentados por las partes interesadas, incluyendo descargos (sean estos escritos u orales), y II) La recepción de contestación de prueba informativa.

Que el Sr. Juez de Faltas Dr. Vicente Pedro Oliveto ha solicitado al Sr. Secretario de Legal y Técnica el día 20 de febrero de 2024 se autorice la firma al Agente Arias Carla Nerina Legajo 7889.

Que con anterioridad, la autorización mentada en Juzgado de Faltas N°2, se encontraba en persona de Luciano Cardello (Leg.8832), quien posteriormente fuera trasladado en desempeño de sus funciones a la Dirección de Relaciones con la Comunidad a partir del día 22 de abril de 2024.

Que atento a lo requerido y habiendo necesidad fundada para que se autorice la firma resulta procedente dar lugar a la solicitud.

Que existen antecedentes similares al presente que justifican dar idéntico tratamiento a lo peticionado en esta oportunidad, sin encontrarse mayores reparos para acceder a ello en los mismos términos y alcances que los oportunamente dados en el Decreto Nº 2662/17.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorícese al Agente Arias Carla Nerina (Legajo N° 7889), en ausencia de la titular del Juzgado de Faltas N° 2 o cuando el cúmulo de trabajo lo requiera, a suscribir despachos simples y de mero trámite, oficios y cédulas.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Legal y Técnica.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal. Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Juzgado de Faltas Nº 2 de Tandil, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Javier Alejandro López (Secretario)     -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                              Secretaría Legal y Técnica                   -                    Intendencia