Boletines/Chascomús
Resolución Nº 224/24
Chascomús, 05/09/2024
Visto
El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00033310-CHASCOMUS-DCEM#SSPU, caratulado “SILVA CESAR OMAR S/ SOLICITUD DE UTORIZACION PARA CREMACION Y RETIRO DE CENIZAS”, y
Considerando
Que se presenta Cesar Omar SILVA, DNI 12.914.847, con domicilio en calle Obligado N°140 de Chascomús, quien solicita autorización para proceder a cremar los restos de quienes en vida fuera su padre Juan Ramón SILVA (fallecido el 19/06/1994) y su madre Ángela Susana LLANOS (fallecida el 17/11/2009) que descansan en la Bóveda 46 Orden 181 Cuadro A Parte Vieja perteneciente a María Silvia GONZÁLEZ.
Que adjunta la conformidad de la Sra. GONZÁLEZ María Silvia, DNI 20.367.023 para retirar los restos de sus padres.
Que en el orden 05 del citado expediente se encuentra agregado el informe de Libre Deuda de la cuenta N° 4000000181-0 que consta a nombre de María Silvia GONZÁLEZ en el que se encuentran inhumados LLANOS Ángela Susana (fallecida el 17/11/2009), SILVA Juan Ramón (fallecido el 19/06/1994), RODRÍGUEZ José María (fallecido el 16/06/1947), RIVAS Graciela de (fallecida el 03/02/1981), GARBIZU Edilia de Luján (fallecida el 29/08/1986), RODRÍGUEZ Silvia (fallecida el 31/03/1955).
Que en el orden 04 se encuentra agregado el Certificado de Nacimiento de Cesar Omar SILVA acreditándose el vínculo invocado, así como los certificados de defunción, agregados en el orden 6.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde autorizar la cremación solicitada y retiro de cenizas peticionado.
Por ello, el Secretario de Obras, Servicios Públicos y Ambiente (Jorge Marino) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorícese a Cesar Omar SILVA, DNI 20.367.023, con domicilio en calle Remedios de Escalada N° 94 de Chascomús a proceder a la cremación de los restos de quienes en vida fueran su padre Juan Ramón Silva (fallecido el 19/06/1994) y su madre Ángela Susana LLANOS (fallecida el 17/11/2009) que descansan en la Bóveda 46 Orden 181 Cuadro A Parte Vieja, y retirar las cenizas.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Cementerio y peticionante en Remedios de Escalada N° 94 de ésta ciudad.-
ARTÍCULO 3°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-