Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5842/24
Chascomús, 12/09/2024
VISTO:
La importancia que tiene para la ciudad de Chascomús el aeródromo municipal, ya que es regionalmente muy significativo en lo relativo a salud, educación, producción y transporte; y
CONSIDERANDO:
Que el aeródromo municipal fue construido en el año 1987, durante la presidencia de nuestro vecino Dr. Raúl Alfonsín.
Que las actividades que realizan actualmente por la asociación civil Escuela de Vuelo Chascomús son formación en escuela de vuelo, escuela de paracaidismo.
Que actualmente, el aeródromo recibe aeronaves de diferentes lugares, principalmente de otros aeródromos de la provincia de Buenos Aires, en su mayoría aviones escuela destinados a la capacitación de pilotos.
Que el aeródromo municipal de Chascomús, cuenta con una pista de asfalto de 1400 metros, la cual en la actualidad se encuentra deteriorada, resultando la misma la más importante y única en la zona.
Que la mencionada pista ha sido utilizada por vuelos sanitarios, y los relacionados con actividades deportivas y civiles, llegando a recibir el aterrizaje de la aeronave Tango 02 de la Presidencia de la Nación, Por eso su importancia y la necesidad de que esté activo y en óptimas condiciones.
Que previo a la pandemia mundial del COVID -19, el aeródromo llego a contar con más de 60 aterrizajes por mes, habida cuenta de la actividad privada y de la escuela de vuelo, quien tiene cedida en comodato el predio municipal.
Que nuestra ciudad cuenta con una oportunidad para que se puedan realizar acciones y gestiones en relación al aeródromo local, con el objetivo de que nuestra ciudad cuente con un aeropuerto comercial, significando un impacto favorable en el desarrollo productivo, turístico y sanitario.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Declarar de Interés Público Municipal la actividad que desarrolla la Asociación Civil sin fines de lucro “ESCUELA DE VUELO CHASCOMUS” y los inmuebles e instalaciones que este utiliza para el cumplimiento de sus fines de propiedad de la Municipalidad de Chascomús.-
ARTICULO 2°.- Se promueve la conformación de la mesa de trabajo interinstitucional (conformada por representante de la Escuela de Vuelo Chascomús, representantes del Departamento Ejecutivo y quien éste último requiera como necesaria su participación), a fin de desarrollar una agenda tendiente a avanzar con los proyectos de inversión necesarios, así como también los pasos administrativos y legales para que el aeródromo municipal obtenga certificación por parte de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) siguiendo las Regulaciones Argentinas de la Aviación Civil (RAAC) y a los ordenamientos internacionales establecidos por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para el diseño y la operación de aeródromos a nivel nacional y/o mundial.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese a las entidades Escuela de Vuelo Chascomús y a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).-
ARTICULO 4°.- De forma.-