Boletines/Chascomús

Decreto Nº756/24

Decreto Nº 756/24

Chascomús, 04/09/2024

LICENCIA SIN GOCE DE HABERES

Visto

El Expediente Administrativo GDE EX-2024-00032004-CHASCOMUS-DCH#SRHDP, caratulado “Solicitud de Licencia sin goce de haberes RAMIREZ CARINA ELIZABETH”; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 686/2024, se le otorga Licencia especial sin goce de haberes por el término de un mes a la agente Municipal Carina Elizabeth Ramírez, DNI 37.855.803, Legajo Nº 7448, desde el 29/07/2024 al 29/08/2024 inclusive.

Que al orden 13 del expediente, se acompaña nota presentada por la agente Municipal Carina Elizabeth Ramírez, DNI 37.855.803, Legajo Nº 7448, quien solicita se le extienda la licencia especial sin goce de haberes otorgada –por motivos personales- por el término de 30 días a partir del 29/08/2024.

Que al orden 11 se adjunta memorándum ME-2024-34126-CHASCOMUS-SDTPC, de fecha 22/8/2024, mediante el cual desde la Secretaria de Desarrollo Turístico, Productivo y Cultural autoriza a extender la licencia sin goce de haberes solicitada, por el plazo solicitado.

Que la Ley 14.656, establece en el art. 96 que “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”.

Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46 de la ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46 Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.

Que la licencia peticionada contempla el período entre los días 29/08/2024 al 28/09/2024, inclusive, debiendo el agente volver a su puesto de trabajo el día 30/09/2024.

Que dicha agente se desempeña en el área del Centro Cultural Vieja Estación, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Turístico, Productivo y Cultural.

Que con las constancias obrantes la Asesoría Legal ha dictaminado que queda a criterio del Secretario de Gobierno el rechazo o la concesión de la extensión de la licencia especial sin goce de haberes en los términos del artículo 96 de la Ley Nº 14.656, peticionada por el agente, durante el período comprendido entre los días 29/08/2024 y 28/09/2024, inclusive.

Por ello, el Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Concédase a Carina Elizabeth RAMIREZ, DNI 37.855.803, Legajo Nº 7448, la extensión de la Licencia Especial sin goce de Haberes contemplada en el Art. 96 de la Ley 14.656 por el período comprendido entre los días 29/08/2024 y 28/09/2025, inclusive, quien desempeña sus tareas en la Secretaria de Desarrollo Turístico, Productivo y Cultural, por las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Desarrollo Turístico, Productivo y Cultural, Dirección Administrativa de RR. HH., Dirección de Liquidaciones y agente.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de  Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Secretario de Recursos Humanos (José Yezza Ross).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-