Boletines/Las Flores

Decreto Nº1700/2024

Decreto Nº 1700/2024

Publicado en versión extractada

Las Flores, 21/08/2024

LAS FLORES, BUENOS AIRES Miércoles 21 de Agosto de 2024

Número: DECTO-2024-1700-E-LASFLORES-INT
Referencia: Foster María Agustina - Escrituración Social Ley 10830
VISTO:
El Expediente Nº 4063-1101/2024 iniciado por la Sra. María Agustina FOSTER referido a la
escrituración, en los términos del art.4º, inc. d, de la Ley 10.830, del inmueble identificado catastralmente como
Circunscripción I, Sección A, Manzana 7, Parcela 15 a, Partida Nº 3.746, Dominio Inscripto en la Matrícula Nº
3.747 del Partido de Las Flores (058), y;
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 1 la peticionante solicita la escrituración, a través de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de
Buenos Aires, en el marco de la Ley 10.830 (Art. 4°, Inc. d), del bien inmueble designado catastralmente como
Circunscripción I, Sección A, Manzana 7, Parcela 15 a, Partida Nº 3.746, Dominio Inscripto en la Matrícula Nº
3.747 del Partido de Las Flores (058);
Que, a fs. 34/37 se encuentra agregado el Testimonio de la ESCRITURA NÚMERO CUARENTA Y OCHO, de
fecha 06/04/2015, pasada por ante el escribano Antonio Ubaldo Lizarraga, titular del Registro Nº 3 del Partido de
Las Flores, en la que se instrumenta la OFERTA DE DONACIÓN SUJETA A POSTERIOR ACEPTACIÓN Y
CONSTITUCIÓN DE USUFRUCTO, efectuada por el Sr. SAUL HUMBERTO FOSTER a favor de su hija
MARÍA AGUSTINA FOSTER.
Que, a fs. 21/23, se encuentra agregada copia de la escritura NÚMERO TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE, de la
que surge que el inmueble en cuestión fue adquirido por el Sr. SAÚL HUMBERTO FOSTER, siendo de estado civil
soltero, el 19/12/1970;
Que, en consecuencia, se encuentran reunidos los recaudos legales necesarios para que la peticionante puede
suscribir la correspondiente escritura pública de aceptación de la donación del inmueble que constituye su vivienda
única de ocupación permanente;
Que, a fs. 31/32 se encuentra agregada la encuesta socioeconómica realizada a la solicitante por la Secretaría de
Desarrollo Humano de la que surge la condición de persona de escasos recursos económicos y, a fs. 39 y vuelta la
Dirección de Asuntos Legales considera pertinente la declaración de Interés Social exigida por la Escribanía
General de Gobierno para la prosecución del trámite;
Que en virtud de lo informado por la Secretaría de Desarrollo Humano y lo dictaminado por el Sr. Director de
Asuntos Legales, este Departamento Ejecutivo estima procedente dictar el acto administrativo que declare de Interés
Social la regularización dominial del bien inmueble descripto anteriormente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A :
Art. 1°.- Declarase de Interés Social, en el marco de la Ley 10.830 (Art. 4°, Inc. d), la regularización dominial del
inmueble identificado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 7, Parcela 15 a, Partida Nº
3.746, Dominio Inscripto en la Matrícula Nº 3.747 del Partido de Las Flores (058), ubicado en calle Av. Rivadavia
Nº 232 de Las Flores, mediante la confección de la correspondiente escritura de ACEPTACIÓN DE DONACIÓN
por parte de MARÍA AGUSTINA FOSTER y CONSTITUCIÓN DE USUFRUCTO VITALICIO y GRATUITO a
favor de los cónyuges Saúl Humberto FOSTER y Norma Alcira SANTANA, de acuerdo con la condición impuesta
en la oferta de donación obrante a fs. 34/37 del Expediente Administrativo Municipal Nº 4063-1102-2024.
Art. 2°.- Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los
fines del otorgamiento de los actos notariales pertinentes para registrar la nuda propiedad del bien detallado en el
artículo 1º a nombre de la Sra. María Agustina FOSTER (DNI. 28.194.602) y el derecho real de usufructo gratuito y
vitalicio sobre el mismo bien a nombre de los cónyuges Saúl Humberto Foster (DNI 5.257.718) y Norma Alcira
Santana (DNI 6.077.301), conforme con lo previsto por los artículos 2º y 4º inc. d) de la Ley 10.830.
Art. 3º.- Cúmplase, comuníquese a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, al
beneficiario, a la Secretaría de Planeamiento, Obras, Servicios Públicos y Ambiente y por su intermedio a la
Dirección de Obras Particulares y Dirección de Catastro, y dese al R.O. de Decretos del M.

 

FIRMA DIGITAL: Lucas Martin Boggini (Secretario de Relaciones Institucionales y Gobierno ) - Ing. Alberto C. Gelené (Intendente Municipal)