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Decreto Nº1418

Decreto Nº 1418

Chacabuco, 30/08/2024

PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL.

Visto

la sanción de la Ordenanza Nº 10.241/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Considerando

la sanción de la Ordenanza Nº 10.241/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.241/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se declara de interés social, la escrituración del inmueble perteneciente al Sr. Triberti Juan Bautista, D.N.I. Nº 41.007.782,  cuya Nomenclatura Catastral: Circunscripción: I, Sección: K, Quinta: 801, Manzana: 801-b, Parcela: 12, de la ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, según Ley Nº 10.830 Art. 2º y 4º Inc. c y d. Referente a Expediente Administrativo Municipal Nº 4029-5961/17.

 

ARTÍCULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario   de Gobierno la Comuna.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.

 

Chacabuco, 30 de agosto de 2.024.-